El Supremo juzgará a los 12 acusados por rebelión y envía al TSJ de Cataluña a los procesados por desobediencia
- La Sala Penal reafirma su competencia para juzgar a Oriol Junqueras y los exconsellers
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La Sala Penal del Supremo ha reafirmado este jueves su competencia para juzgar al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y a otros 11 exconsellers acusados de rebelión por impulsar la realización de un referéndum ilegal y proclamar la declaración unilateral de independencia de Cataluña.
El Supremo, sin embargo, ha acordado estimar la cuestión de previo pronunciamiento planteada por seis de los 18 acusados en la causa del `procés´, en concreto los que habían sido procesados por delito de desobediencia, que serán juzgados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
Se trata de los exmiembros de la Mesa del Parlament Lluis Corominas, Lluis Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet, y de la expresidenta del grupo parlamentario de la CUP, Mireia Boya. Todos ellos están acusados de desobediencia la Fiscalía y la Abogacía del Estado. El Supremo considera que los hechos que se atribuyen a estos seis acusados se realizaron en el ámbito territorial de Cataluña y, por tanto, son competencia del TSJ.
El Tribunal Supremo confirma así, por unanimidad, su competencia para enjuiciar los delitos de rebelión y de malversación de caudales públicos en la conocida como causa del “procés”, y remite al TSJ de Cataluña la parte que afecta a los seis procesados a los que el Fiscal sólo acusaba de desobediencia.
También por el delito de desobediencia fueron juzgados en el TSJ el expresidente catalán Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera de Educación Irene Rigau que organizaron la consulta del 9-N.
La Sala Penal enjuiciará a los acusados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Joaquin Forn, Jordi Sánchez, Jordi Cuixart, Dolores Bassa, Carme Forcadell, Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santiago Vila.
Los siete magistrados de la Sala asumen el argumento defendido por la Fiscalía que esgrimió en la vista del pasado 18 de diciembre que hubo un proceso de internacionalización organizado intencionadamente para promover el 'procés' y lograr apoyos para la declaración unilateral de independencia, que son suficientes para reafirmar la competencia del Supremo, que además entiende que la DUI afectó a todo el territorio nacional.
Durante la vista, el fiscal de Sala del Supremo Jaime Moreno defendió la competencia del Tribunal Supremo para juzgar a los 18 acusados en la causa del `procés´ porque los hechos sometidos a examen superan la competencia de Cataluña, ya que con la ley de transitoriedad se derogó la Constitución, en lo que constituye "un atentado al orden constitucional" y a la integridad del Estado, que tuvo que ser respondido con la aplicación del artículo 155 de la Carta Magna.
Los letrados de los 18 acusados defendieron, por su parte, la competencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para juzgar esta causa con el argumento de que ninguno de los sucesos sometidos a examen se cometieron fuera de la comunidad autónoma.
La representante de la Abogacía del Estado, Lucía Pedreño, afirmó que los sucesos de Cataluña afectaron "a todo el país", por lo que el Supremo es el tribunal competente, ya que "la soberanía española se basa en la indisoluble unidad de la nación".
En esa vista ya se vislumbró la estrategia de defensa de los acusados. Andreu Van den Eynde, abogado del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y del exconsejero Raül Romeva, aseguró en su exposición ante el Tribunal Supremo que “nunca había estado tan convencido de la causa que defienden mis clientes". "Son políticos haciendo política, y en este procedimiento se han vulnerado derechos fundamentales”, sentenció.
(SERVIMEDIA)
27 Dic 2018
SGR/pai