11-M. EL BOE PUBLICA EL REAL DECRETO DE CONCESIÓN DE NACIONALIDAD A LAS VÍCTIMAS EXTRANJERAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado publica hoy el Ral Decreto sobre concesión de la nacionalidad española a las víctimas extranjeras de los atentados terroristas del 11-M.

El Real Decreto, de 18 marzo y que entra hoy en vigor, señala que "la gravedad de los atentados cometidos, la necesidad de ayuda a la situación de las víctimas extranjeras, así como el deseo de facilitar su arraigo, lleva a considerar que concurren las circunstancias excepcionales previstas en el artículo 21 del Código Civil en las víctimas y sus familiares, a los efectos de la nacinalidad española por carta de naturaleza".

Esta norma establece que se entenderán por víctimas, en todo caso, los heridos en dichos atentados, así el cónyuge, los descendientes y los ascendientes, en ambos casos, en primer grado de consanguinidad de los fallecidos.

Los interesados podrán solicitar la nacionalidad española por carta de naturaleza con base en los beneficios de este real decreto dentro de los seis meses siguientes al de la fecha en que se ha producido el atentado.

Las solicituds se pondrán presentar directamente en el Ministerio de Justicia o bien en los registros civiles consulares, aportando la documentación que justifique su condición de víctima del atentado debidamente acreditado por el Ministerio del Interior y, en su caso, la relación de parentesco con la víctima.

(SERVIMEDIA)
22 Mar 2004
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