El TC admite por unanimidad la impugnación del Gobierno contra la reprobación del Rey del Parlamento catalán
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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad admitir a trámite la impugnación interpuesta por el Gobierno contra la resolución del Parlamento de Cataluña que aprobó la reprobación del rey Felipe VI por su intervención televisada el 3 de octubre de 2017.
Según informó el TC, el pleno ha acordado dar traslado de la demanda y demás documentos presentados al Parlamento de Cataluña para que en un plazo de 20 días formule alegaciones. Esta decisión no implica la suspensión de la resolución recurrida.
El Gobierno decidió, el pasado 2 de noviembre, presentar este recurso tras la resolución aprobada en el Parlamento de Cataluña que reprobaba al rey Felipe por su intervención televisada el 3 de octubre de 2017, días después del 1-O. Esta impugnación fue aprobada por el Consejo de Ministros a pesar de que el Consejo de Estado emitió un informe, no vinculante, contrario a esta pretensión.
En la resolución, aprobada el 11 de octubre, el parlamento catalán manifestó su “rechazo y condena al posicionamiento del Rey, su intervención en el conflicto catalán y su justificación de la violencia por los cuerpos policiales el 1 de octubre de 2017”. Asimismo, reafirmó el “compromiso con los valores republicanos” y apostó por la abolición de la institución de la monarquía por “caduca y antidemocrática”.
La impugnación presentada por el Gobierno no invocó el artículo 161.2 de la Constitución a los efectos de que se acordase la suspensión de la resolución recurrida, pero consideró que el parlamento catalán podía haber vulnerado varios artículos de la Carta Magna, en concreto los referidos a la soberanía nacional, la forma política del Estado, la indisoluble unidad de la nación, la sujeción de los poderes públicos a la Constitución y el relativo a la reforma constitucional (1.2, 1.3, 2, 9.1 y 168), así como del Estatuto de Autonomía de Cataluña referidos a la vinculación de la Generalitat a la Constitución (artículos 2.4 y 4.1).
(SERVIMEDIA)
28 Nov 2018
ICG/gja