Tribunales
Absueltas las dos activistas de Femen que se encadenaron desnudas en La Almudena
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El Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid ha absuelto a dos activistas de Femen de los delitos de odio y contra los sentimientos religiosos de los que estaban acusadas por la Asociación de Abogados Cristianos y el Ministerio Público por desnudarse y encadenarse en la Catedral de La Almudena.
Según informó este lunes el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), el juzgado entiende que no se produjeron tales delitos, por lo que ha absuelto a las dos activistas.
El juez rechaza el delito de odio porque “no se contiene expresión alguna de las acusadas que, por la vía de la humillación, el menosprecio, el insulto o el descrédito de los católicos promueva a terceros a discriminarlos, a odiarlos, a humillarlos, a considerarlos de peor condición, y, menos aún, actuar en forma violenta contra ellos”.
Del mismo modo, el magistrado entiende que no se ha producido en este caso delito alguno contra los sentimientos religiosos, ya que no hubo contacto físico con el crucifijo del altar central de la Catedral de La Almudena y que, cuando se produjeron los hechos, no se realizaba ningún acto de culto, por lo que ninguno se interrumpió y tampoco se produjo daño material alguno por el que pudiera considerarse violado el templo.
Tampoco considera que hubiera una profanación que afectara al derecho fundamental a la libertad religiosa de los católicos en cualquiera de sus vertientes, ni escarnio ni burla a los dogmas de la religión católica, sino una posición pública ante la modificación que en ese momento se planteaba en la sociedad sobre el aborto, que encarna directamente en la libertad de expresión.
La sentencia dice textualmente: “Esto es lo que claramente hicieron las acusadas, defender una idea, la del derecho al aborto”.
Esta resolución no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en un plazo de 10 días desde su notificación.
(SERVIMEDIA)
26 Nov 2018
DSB/caa