Medio marino

El Gobierno endurece los límites para capturar coral rojo en el Mediterráneo

- Prohibido pescar en fondos inferiores a 50 metros y entre noviembre y abril

- La pesca se limita a 25 kilos en bruto en aguas exteriores de Cataluña

MADRID
SERVIMEDIA

La extracción de coral rojo en aguas del Mediterráneo será más complicada a partir de este sábado, cuando entre en vigor una orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que endurece la pesca, su primera venta y el procedimiento de autorización para obtener licencias para su captura.

La orden ministerial, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), modifica un real decreto de 2013 que establece la normativa básica nacional que regula la pesca de coral rojo (‘Corallium rubrum’) y faculta al Ministerio a establecer zonas o periodos de veda en los que se limite o prohíba la pesca de esta especie.

Atendiendo las recomendaciones científicas de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM), el departamento dirigido por Luis Planas prohíbe la pesca o extracción de coral rojo en fondos inferiores a 50 metros con el fin de “proteger las colonias en aguas más someras”, donde se ha realizado tradiocionalmente la actividad extractiva.

Además, desde este sábado no se permite la pesca de coral rojo en las aguas marinas de Cataluña, Mallorca, Menorca y Almería entre el 1 de noviembre y el 30 de abril de cada año, periodo en el que se establece una veda temporal.

En esas cuatro zonas mediterráneas podrá pescarse la especie en los seis meses que van de mayo a septiembre, pero esa prohibición no afecta a la región suratlántica comprendida desde la frontera con Portugal hasta Punta Tarifa (Cádiz).

Por otro lado, el cupo máximo de extracción de coral rojo por pescador autorizado y año baja a 150 kilogramos de coral en bruto (en lugar de los 300 kilos admitidos desde 2013), cantidad en la que se incluye el cómputo de las extracciones autorizadas, en su caso, por las comunidades autónomas en aguas interiores.

En Cataluña, ese cupo en aguas exteriores se rebaja a 25 kilogramos de coral en bruto. Esta reducción adicional se justifica por la veda de 10 años establecida en las aguas interiores por la normativa autonómica catalana entre el 1 de noviembre de 2017 y el 31 de diciembre de 2027.

Esa veda se amplió, mediante una orden del Ministerio del 2 de noviembre de 2017, a las aguas exteriores contiguas o adyacentes al norte del paralelo de Cabo Bagur hasta la frontera con Francia, de manera que queda como única área autorizada en Cataluña el área comprendida entre Arenys de Mar y Cabo Bagur, toda ella en aguas exteriores y tradicionalmente menos explotada.

Con las medidas, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación pretende mejorar el estado del recurso y compatibilizar una actividad pesquera tradicional con la sostenibilidad socioeconómica y medioambiental a largo plazo.

(SERVIMEDIA)
16 Nov 2018
MGR/gja