La Generalitat regula la habilitación de profesionales de atención a la dependencia
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Comunidad Valenciana ha regulado el procedimiento para obtener las habilitaciones de profesionales de auxiliar de ayuda a domicilio, cuidador, gerocultor y auxiliar ocupacional de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
Así se pretende garantizar la estabilidad en el empleo y la calidad en la atención a las personas en situación de dependencia, de manera que se establece el procedimiento para habilitar a trabajadores que no cuenten con la acreditación oficial de la cualificación correspondiente a su categoría profesional en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Los auxiliares de ayuda a domicilio, los cuidadores o cuidadoras, gerocultores o gerocultoras y auxiliares ocupacionales que hayan prestado servicios de atención domiciliaria, atención diurna o atención residencial en centros y servicios acreditados, podrán obtener una habilitación excepcional o provisional de acuerdo a los requisitos establecidos en la normativa.
La habilitación excepcional se otorgará a dichos profesionales que no tengan la acreditación oficial de cualificación profesional de su categoría y hayan desempeñado con anterioridad al 1 de enero de 2018 las funciones correspondientes a esos puestos en centros o servicios acreditados.
La experiencia laboral acumulada será de al menos tres años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos 12 años. Por otro lado, la habilitación provisional se establece para aquellos profesionales que, sin tener la acreditación oficial de cualificación, no alcancen la experiencia laboral para solicitar la habilitación excepcional.
En este caso, los solicitantes deberán comprometerse a participar en los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral o a realizar la formación vinculada a los correspondientes certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional antes del 1 de enero de 2023.
Los procedimientos de habilitación excepcional y provisional se iniciarán con la presentación de la solicitud y la documentación acreditativa por parte del interesado, con un plazo que finaliza el próximo 31 de diciembre.
(SERVIMEDIA)
27 Oct 2018
GIC/pai