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El Gobierno prohíbe la venta 'puerta a puerta' de gas y electricidad

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este viernes prohibir a las comercializadoras eléctricas y a las de gas natural realizar acciones de publicidad o contratación de sus productos a través de visitas domiciliarias (el denominado sistema 'puerta a puerta'), salvo que la visita sea solicitada expresamente por el consumidor.

Así lo explicó la ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Ejecutivo, donde presentó el real decreto de reforma del bono social, que incluye también medidas de protección para los consumidores.

El Gobierno pretende, con este tipo de medidas dirigidas a incrementar la protección del conjunto de consumidores de electricidad, optimizar la contratación de este suministro y reducir la factura eléctrica.

Por otro lado, si se dispone de contador digital, se podrá contratar la potencia en múltiplos de 0,1 para ajustarla con exactitud a las necesidades de consumo. Hasta el momento, los escalones de contratación de potencia eran de 1,1 kilovatios.

Teniendo en cuenta que en el último trimestre de 2017 casi el 40% de los hogares tenía una potencia contratada entre los 4 y los 6 kilovatios, existe un margen para el ajuste y, por tanto, para el ahorro y la eficiencia en el consumo. Por ejemplo, un cambio de potencia de 0,5 kW (de 4,6 a 4,1 kW) podría suponer un ahorro en la factura anual de 26 euros en un hogar tipo, en el que vivan cuatro personas.

Además, en cada período de facturación las comercializadoras deberán incluir en la factura de cada consumidor que tenga contratado el PVPC el importe al que hubiera ascendido de haberse aplicado una tarifa con discriminación horaria a las que puede acceder.

Estas tarifas son dos: tarifas con precios de la electricidad dividido en dos tramos, punta y valle; o en tres tramos, punta, valle y supervalle. En la actualidad, en torno a 660.000 de los 11,1 millones de usuarios adscritos a la tarifa de precio regulado se acogen a tarifas con discriminación horaria.

Los análisis indican que el mero cambio puede generar un ahorro que, en muchos casos, pueden superar los 20 euros anuales, pudiendo ser aún mayor si se adoptan hábitos de consumo eficiente. De hecho, siete de cada 10 usuarios que optan por este sistema de tarificación tienen en cuenta la división entre periodos de tarificación para sus decisiones de consumo.

De igual modo, se regulan los términos en los que las comercializadoras de energía eléctrica podrán acceder a los datos de consumo y potencia contratada de los consumidores para que puedan ofrecerles mejoras en la gestión de su demanda, optimización de la contratación del suministro o la adopción de medidas de eficiencia energética. Todo ello, respetando la legislación vigente en materia de protección de datos.

Por último, se permite la inhabilitación directa de las comercializadoras que realicen prácticas fraudulentas en el mercado mayorista, entre ellas el incumplimiento de las obligaciones de compra de energía en los mercados diario e intradiarios, que hasta ahora debían ser sancionadas con carácter previo a la inhabilitación.

(SERVIMEDIA)
05 Oct 2018
JBM/ips/caa