ETA. Condenado a 111 años de cárcel el etarra Zubiaga por el atentado de Colón en la Fiesta Nacional

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 111 años de cárcel al etarra del “comando Madrid” Manex Zubiaga Bravo, por su participación “personal y directa” en la colocación del coche-bomba que explotó en el aparcamiento de la Plaza de Colón de Madrid el 12 de octubre de 2001, Día de la Fiesta Nacional, y que hirió a 19 personas.

Los magistrados, presididos por Fernando García Nicolás, han encontrado a Zubiaga culpable de cinco delitos de lesiones terroristas, tres de atentado, uno de estragos terroristas y nueve faltas de lesiones, según consta en la sentencia hecha pública hoy.

Además de los 111 años de cárcel, el etarra también ha sido condenado a indemnizar solidariamente con 636.023 euros a los 19 heridos –entre ellos tres policías- por las lesiones y secuelas, así como a los propietarios de los vehículos y a la empresa que gestiona el aparcamiento de la Plaza de Colón.

El tribunal también ha impuesto a Zubiaga la prohibición de residir o volver a Madrid por un periodo de diez años tras cumplir la condena.

La sentencia, de la que ha sido ponente el propio García Nicolás, considera probado que en agosto de 2001 el acusado y los ya condenados Ana Belén Egües y Aitor García, integrantes del “comando Madrid”, robaron un vehículo y, posteriormente, le cambiaron las matrículas y lo cargaron con 30 kilos de explosivo titadyne.

Los etarras prepararon el artefacto para que hiciera explosión a las 12.00 horas del 12 de octubre, Día de la Fiesta Nacional, pero “erraron al programar el temporizador y lo activaron a las 24.00 horas de ese día”, indica la resolución de la Audiencia Nacional.

Zubiaga y Egües llevaron el coche hasta la calle Alcántara de Madrid y lo aparcaron frente a la sede de Telefónica en la mañana del 12 de octubre. Los etarras avisaron de la colocación de la bomba mediante una llamada al servicio de emergencias.

Los policías que se desplazaron al lugar acordonaron y rastrearon la zona con perros, pero no encontraron los explosivos. Esa misma tarde, pasadas las 18.30 horas, los vigilantes de la sede de Telefónica avisaron a la Policía Local para que retiraran el vehículo, ya que estaba mal aparcado.

La grúa recogió el coche-bomba una hora y media más tarde y se lo llevó hasta el depósito de vehículos, situado en la primera planta del parking de la Plaza Colón. El vehículo hizo explosión pasada la medianoche, hiriendo a 19 personas, entre ellas tres policías nacionales y tres del cuerpo municipal.

Aun así, el tribunal señala que no puede considerarse como falta de lesiones las que sufrieron los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía porque “acudieron al lugar con posterioridad a la explosión y si las sufrieron fue, precisamente, por introducirse en el aparcamiento a la búsqueda de posibles víctimas”. En cambio, la sentencia señala que estos agentes sí tienen derecho a la indemnización por la vía de la responsabilidad civil.

FALSAS TORTURAS

El tribunal ha basado en parte la condena en las declaraciones prestadas por Egües y García ante la Policía Nacional después de ser detenidos en noviembre de 2001, tan sólo un mes después del atentado de Colón, en las que involucraron a Zubiaga en la acción terrorista.

Durante la vista oral, que tuvo lugar el pasado 14 de octubre, Egües y García se retractaron de estas declaraciones y aseguraron que las realizaroin bajo tortura.

Los magistrados desechan esta teoría y aseguran que el relato de la detención de Egües y García y los días que pasaron incomunicados “desvirtúa enteramente la realidad de las torturas y malos tratos alegados por los ya condenados”.

“Es indudable que el acusado y los copartícipes planearon, elaboraron y llevaron a término su propósito criminal de colocar un artefacto explosivo”, concluyen los magistrados, quienes añaden que el objetivo de los terroristas no era otro que “atemorizar a la sociedad”.

(SERVIMEDIA)
04 Nov 2010
DCD/caa