El Ejecutivo inicia la reforma legal para acabar con la incapacitación judicial de las personas con discapacidad intelectual
Modificará el Código Civil, la ley Hipotecaria y la del Registro Civil
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
EL Consejo de Ministros aprobó este viernes un informe de anteproyecto de Ley para reformar el Código Civil y otras leyes estatales, cuyo principal objetivo es poner fin a la incapacitación judicial de las personas con discapacidad intelectual y proteger su capacidad de obrar.
Así lo anunció este viernes en rueda de prensa la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, quien destacó que la reforma busca adaptar la legislación española a las exigencias de la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las Personas con Discapacidad.
Además del Código Civil, el anteproyecto prevé modificar la Ley Hipotecaria, la de Enjuiciamiento Civil, la del Registro Civil y la referida a la Jurisdición Voluntaria. Promovida por el ministerio de Justicia, esta reforma “se basa en el respeto a la dignidad de la persona, la tutela de sus derechos fundamentales y el respeto a la libre voluntad de las personas con discapacidad”, señaló Celaá.
A su juicio, “se trata de “un cambio profundo” de enfoque. Si antes “predominaba la sustitución (por orden judicial) en la toma de decisiones”, con la nueva normativa se optará por “el respeto de la voluntad y preferencias de las personas con discapacidad, explicó, que “en general serán las responsables de tomar sus propias decisiones” con los apoyos precisos.
NOVEDADES
De este modo, la nueva regulación otorga preferencia a las medidas preventivas (a aquellas que puede tomar la persona interesada en previsión de una futura necesidad de apoyo) como poderes y mandatos preventivos.
Además, potencia otras medidas con carácter externo, como la guarda de hecho;r egula las instituciones de la curatela y del defensor judicial, y reserva la tutela a los menores de edad que no estén protegidos a través de la patria potestad. La reforma afecta también a otras normas relativas al Derecho Internacional privado, a los actos relativos a la nacionalidad, el matrimonio o la filiación, así como a algunas reglas del Derecho de sucesiones y de contratos.
Las novedades introducidas por la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad firmada en Nueva York en 2006 suponen un profundo cambio de las legislaciones nacionales.
España ha implantado estos cambios poco a poco, pero “quedaba pendiente casi todo lo referido a la legislación civil y a la discapacidad intelectual”, que es lo que ahora se afronta, apuntó Celaá.
(SERVIMEDIA)
21 Sep 2018
AGQ/gja