Ampliación

Caso Nóos

El Supremo condena a Urdangarin a cinco años y 10 meses de cárcel tras rebajarle cinco meses la pena

- Rebaja la pena a Diego Torres en dos años y cuatro meses y confirma la responsabilidad a título lucrativo de la infanta Cristina y Ana María Tejeiro

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a cinco años y 10 meses de prisión a Iñaki Urdangarin, marido de la infanta Cristina y cuñado del rey Felipe VI. La decisión ha sido adoptada por unanimidad y supone una rebaja de cinco meses en la pena que inicialmente le impuso la Audiencia de Palma de Mallorca el 17 de febrero de 2017.

La pena se convierte así en firme, lo que implicaría su entrada en prisión. Urdangarin puede ahora presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que podría suspender la ejecución de la pena, aunque lo elevado de la misma no lo garantiza. La directriz general para una suspensión es que la pena se sitúe por debajo de los cinco años de cárcel. El marido de la infanta Cristina también podría solicitar un indulto.

La Sala que ha analizado los recursos está presidida por Manuel Marchena. El ponente ha sido Antonio del Moral y está compuesta también por los magistrados Miguel Colmenero, Andrés Martínez Arrieta y Juan Ramón Berdugo. Ha tardado dos meses y medio de decidir sobre los recursos del `caso Nóos´ tras la celebración de la vista el pasado 21 de marzo.

El Supremo ha rechazado la mayor parte de los argumentos de su recurso y la reducción de la pena se produce en la condena por uno de los delitos de falsedad documental en cuanto a la representación del equipo ciclista balear, que no correspondía al exduque de Palma y en el que no se ha podido probar su intervención.

Por tanto, el Supremo confirma la responsabilidad de Urdangarin como cooperador necesario de un delito continuado de prevaricación en conjunción con falsedad documental y malversación de fondos públicos, fraude a la Administración, tráfico de influencias y dos delitos fiscales por valor de 256.276 euros en los ejercicios de 2007 y 2008.

Con esta decisión, la Sala desestima la petición del fiscal de aumentar a 10 años la condena por entender que Urdangarin y su socio Diego Torres "fueron los instigadores de la corrupción de los funcionarios públicos”, llegando a malversar 445.000 euros que el Instituto Nóos cobró por servicios relacionados con el Foro de Turismo y Deportes celebrado en 2006 y que "no fueron efectivamente prestados".

Además, la Sala II condena a cinco años y ocho meses de prisión a Diego Torres por los delitos de malversación, prevaricación y fraude a la Administración, y le absuelve de tráfico de influencias, blanqueo y falsedad, con una significativa reducción de la pena de ocho años que le había impuesto la Audiencia de Palma.

Los magistrados mantienen la responsabilidad como partícipes a título lucrativo de Ana María Tejeiro, esposa de Torres, y Cristina de Borbón en el delito de malversación y fraude de sus maridos, pero no en los delitos fiscales. Finalmente, el Supremo ratifica el resto de pronunciamientos de la Audiencia de Palma, incluida la condena a tres años y ocho meses de cárcel al expresidente balear Jaume Matas.

(SERVIMEDIA)
12 Jun 2018
SGR/caa/nbc