Infraestructuras

Fomento defiende que aplica a Iberpistas las sanciones máximas que fija la ley por el colapso de la AP-6 en enero

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Fomento aseguró este viernes que aplica a Iberpistas, la sociedad concesionaria de la AP-6 y filial de Abertis, las sanciones máximas que están recogidas en la Ley de Autopistas y en la Ley de Carreteras por los episodios de retenciones de tráfico que se produjeron los días 6 y 7 de enero tras las intensas nevadas registradas.

Como consecuencia de ello, recordó Fomento, el pasado 7 de enero se abrió un expediente informativo con el objetivo de analizar la actuación de Iberpistas durante este episodio por posible incumplimiento de sus obligaciones de prestación del servicio al usuario con la debida diligencia establecida en el correspondiente contrato concesional.

Durante la tramitación del expediente se concluyó, según el Ministerio, que existían evidencias “suficientes” para aplicar una penalización contractual.

Fomento expuso que la instrucción de este expediente informativo no ha concluido y se pretende incorporar al mismo una serie de actuaciones a ejecutar por las sociedades concesionarias.

En este sentido, quiso dejar claro que, con independencia de que se haya producido una actuación “negligente” de las sociedades concesionarias, se considera que tanto los medios como la infraestructura “podrían haberse demostrado insuficientes en algún aspecto, provocando o agravando la situación”.

Estas medidas, que serán analizadas conjuntamente con las sociedades concesionarias, se encuentran en estudio y entre ellas podrían mencionarse, por ejemplo, la construcción de aparcamientos de vialidad invernal o la disposición de pasos de mediana móviles.

Las inversiones adicionales asociadas a estas medidas se incluyen dentro del deber de conservación que le corresponde al concesionario y estaría obligado a ejecutarlas a su costa en cumplimiento de la Ley de Autopistas y el pliego general de autopistas.

El departamento de Íñigo de la Serna detalló que aplicando el régimen sancionador de la Ley de Carreteras, se habría producido una infracción grave. Dicha norma contempla una multa de 3.001 a 15.000 euros. La incoación de este expediente tuvo lugar el 22 de enero, siendo su plazo de tramitación de 12 meses.

El Ministerio de Fomento considera que podría estar resuelto aproximadamente en septiembre y que, también previsiblemente, la sanción será la máxima, es decir 15.000 euros por cada concesión; 30.000 euros en total.

La competencia para la imposición de la misma le corresponde al director general de Carreteras por ser calificada como grave, siendo la imposición de la sanción independiente de la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados, y de restituir o reponer las cosas a su estado anterior

En este sentido, la Dirección General de Carreteras está calculando los costes de su actuación en el episodio, ya que se apoyó a las sociedades concesionarias con medios humanos y materiales.

(SERVIMEDIA)
04 Mayo 2018
BPP/caa