Competencia
La CNMC incoa expediente sancionador contra 51 empresas de gestión de residuos por posibles prácticas contra la competencia
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha vuelto a incoar expediente sancionador a 51 entidades del sector de la gestión de residuos y el saneamiento urbano por posibles prácticas restrictivas de la competencia.
Según informó la CNMC este jueves en un comunicado, de esta manera “atiende al criterio manifestado por la Audiencia Nacional en sus sentencias, en las que cuestionó la forma pero no el fondo de las conductas anticompetitivas analizadas”.
Estos expedientes sancionadores se repiten después de que el 8 de enero de 2015 el Consejo de la CNMC sancionase a varias entidades del sector de la gestión de residuos y saneamiento urbano por la comisión de una infracción única y continuada de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC).
Posteriormente, entre diciembre de 2017 y febrero de 2018, la Audiencia Nacional ha estimado los recursos presentados por las empresas y asociaciones sancionadas contra dicha resolución, anulándola. Como motivo común para la estimación de todos estos recursos, la Audiencia Nacional señaló que “no discute si la conducta de la recurrente en el referido sector y en el ámbito geográfico que se menciona pueda ser reprochable desde el punto de vista de las normas de competencia, sino si dicha conducta tiene encaje o no en una infracción única y continuada”.
Por ello, la CNMC explica que “en atención a las sentencias de la Audiencia Nacional y, teniendo en cuenta que la instrucción del expediente cuya resolución ha sido anulada interrumpió el plazo de prescripción de las infracciones, la Dirección de Competencia ha vuelto a incoar un expediente sancionador”. Así, en esta nueva incoación se investigará de forma individualizada las posibles infracciones asociadas a las conductas acreditadas en el expediente anterior que todavía no estén prescritas.
En concreto, “se trata de posibles prácticas restrictivas de la competencia, derivadas de acuerdos y prácticas concertadas tendentes a repartos de clientes públicos y privados, y de actividades, y a la fijación de condiciones comerciales, así como de decisiones o recomendaciones colectivas con el objeto y/o efecto de restringir la competencia”, según informó la CNMC.
Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.
(SERVIMEDIA)
03 Mayo 2018
IPS/caa