Los controladores aéreos tienen un año para canjear su licencia por la nueva exigida por la UE
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El BOE publica este viernes una resolución de la Agencia Española de Seguridad Aérea (Aesa) por la que se establece el proceso para que los controladores obtengan la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo en el plazo de un año.
Dicha licencia, que será válida en toda la UE, será indispensable para que los controladores sigan operando en las torres y los centros de control a partir del 16 de octubre de 2011.
La publicación de esta orden ministerial, firmada el pasado 4 de octubre, se produce un día antes de que concluya el plazo de un año establecido para que la Aesa procediera a fijar el mecanismo que permite el canje entre las actuales licencias y la exigida por la UE.
La orden establece la correspondencia entre las habilitaciones antiguas y las habilitaciones y anotaciones de habilitación nuevas, así como los requisitos exigibles para mantener las anotaciones de unidad y las atribuciones de instructor que tuvieran reconocidas sus titulares.
El canje de la licencia debe ser solicitado por los controladores. En la web de Aesa ("www.seguridadaerea.es") estarán disponibles los modelos de solicitud.
En cuanto a los titulares de una licencia de controlador en prácticas en vigor, la resolución señala que podrán canjearla por una licencia de alumno controlador.
Este no es el único trámite que deben superar estos profesionales para estar homologados para seguir trabajando. Además, antes del 5 de marzo de 2011 deben superar una prueba que homologue el nivel 6 (Experto) en inglés, en lugar del nivel 4 (Operacional) exigido hasta ahora.
(SERVIMEDIA)
15 Oct 2010
JBM/caa