Cataluña

La Fiscalía informa favorablemente de la entrega a Alemania de un contrabandista en aplicación de una euroorden

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha informado favorablemente ante el Juzgado Central de Instrucción número 2 sobre la petición de entrega hecha por las autoridades alemanas en virtud de una Orden Europea de Detención cursada contra un ciudadano con pasaporte británico que está reclamado por presuntos delitos de contrabando y elusión fiscal.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional indica en un comunicado de prensa que es “respetuosa para con el espíritu que debe presidir la interpretación de las órdenes europeas de detención, y fiel al principio de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales”.

En ese sentido, dice, “en ningún caso ha entrado a valorar la entidad de los elementos de prueba de que disponen las autoridades requirentes, como viene siendo habitual”. El ministerio público deja claro que la función de las autoridades judiciales receptoras de una euroorden no deben entrar a valorar el fondo de la cuestión, ni limitar el alcance de la cooperación judicial en la UE.

La Fiscalía española está estudiando recurrir a la justicia europea en el caso del expresidente catalán Carles Puigdemont, para garantizar “la protección y defensa del orden jurídico europeo relativas a la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE)", que, según su punto de vista, no permite valorar a los tribunales receptores de la petición el fondo de los delitos que se atribuyen al reclamado.

En esa misma línea, el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena estudia también la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la decisión tomada por la justicia alemana en relación a la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) y a los procedimientos que regulan la entrega de reclamados por la justicia entre los Estados de la UE.

El ministerio público español expresó la pasada semana su “reconocimiento al intenso trabajo realizado por la Fiscalía alemana” en relación con la tramitación de la euroorden librada por las autoridades judiciales españolas en contra Puigdemont.

La Fiscalía considera que el Considerando (9) de la Decisión Marco de 13 de junio de 2002 relativa a la Orden de Detención Europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros dispone que “la función de las autoridades centrales en la ejecución de una Orden de Detención Europea debe limitarse a un apoyo práctico y administrativo”.

Además, el artículo 4 de la citada Decisión Marco afirma que “para los delitos distintos de los mencionados en el apartado 2, la entrega podrá supeditarse al requisito de que los hechos que justifiquen la emisión de la Orden de Detención Europea sean constitutivos de un delito respecto del Derecho del Estado miembro de ejecución, con independencia de los elementos constitutivos o la calificación del mismo”.

(SERVIMEDIA)
10 Abr 2018
SGR/gja