Transporte

El Tribunal de la UE concluye que los Estados pueden sancionar a Uber sin notificarlo previamente a la Comisión

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que los Estados miembros pueden prohibir y sancionar penalmente el ejercicio ilegal de una actividad de transporte como Uber sin tener que notificar previamente a la Comisión Europea el proyecto de ley que tipifica como delito dicho ejercicio.

Esta resolución nace de una consulta del Tribunal de Grande Instance de Lille (Francia) sobre la actividad de la sociedad francesa Uber France, que presta, por medio de una aplicación para teléfono inteligente, un servicio denominado uberPOP, con el cual pone en conexión a conductores no profesionales que utilizan su propio vehículo con personas que desean efectuar desplazamientos urbanos.

En el marco del servicio prestado por medio de esa aplicación, la sociedad fija las tarifas, recauda del cliente el precio de cada carrera (antes de abonar una parte al conductor no profesional del vehículo) y emite las facturas.

A este respecto, el TJUE recuerda, para empezar, que el 20 de diciembre pasado, en el asunto Uber España, determinó que el servicio uberPOP propuesto en España estaba comprendido en el ámbito del transporte y no constituía un servicio de la sociedad de la información en el sentido de la directiva.

Además, concluye que el servicio uberPOP propuesto en Francia es sustancialmente idéntico al prestado en España, extremo que corresponde comprobar al Tribunal de Grande Instance de Lille.

Uber está encausada por haber organizado, vía sistema uberPOP, un sistema para la conexión entre clientes y conductores no profesionales que llevan a cabo transportes de personas a título oneroso con vehículos de menos de 10 plazas.

Uber France sostiene que la norma francesa sobre cuya base está encausada constituye un reglamento técnico que afecta directamente a un servicio de la sociedad de la información, en el sentido de la directiva relativa a las normas y reglamentaciones técnicas.

Esta directiva obliga a los Estados miembros a notificar a la Comisión todo proyecto de ley o de reglamento que establezca reglas técnicas relativas a los productos y servicios de la sociedad de la información.

Las autoridades francesas no notificaron el proyecto de ley a la Comisión antes de su promulgación. Uber France deduce de ello que, en consecuencia, no puede ser encausada por estos cargos.

(SERVIMEDIA)
10 Abr 2018
JBM/caa