Finanzas

El BOE publica una circular de la CNMV sobre advertencias relativas a instrumentos financieros

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este martes una circula de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sobre advertencias relativas a instrumentos financieros, de cara a reforzar la protección de los inversores minoristas.

Según el texto de la circular, el supervisor constata que en los últimos años se viene observando una “creciente sofisticación” de los instrumentos financieros ofrecidos a clientes minoristas en un contexto en el que los casos de comercialización inadecuada de estos instrumentos en España “han puesto de manifiesto deficiencias en la comprensión por parte de los clientes minoristas de la naturaleza y los riesgos” de estos productos.

El objetivo de las medidas contenidas en la circular es reforzar la protección de los inversores concretando, a través de esta norma, las advertencias a realizar relacionadas con el elevado grado de complejidad, su admisibilidad para la recapitalización interna o la existencia de una diferencia significativa respecto al valor actual. Para ello, se han tenido en consideración los distintos tipos de instrumentos financieros y la naturaleza del cliente.

La circular consta de cuatro normas, una disposición transitoria y una disposición final.

La norma primera recoge el ámbito de aplicación, que se refiere a la prestación de servicios de inversión diferentes de la gestión discrecional de carteras a clientes minoristas en territorio español.

Las entidades afectadas son empresas de servicios de inversión, entidades de crédito o sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva españolas, sucursales comunitarias o extracomunitarias de las anteriores y sus agentes establecidos en España, así como empresas de servicios de inversión, entidades de crédito o sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva de estados no miembros de la Unión Europea que presten dichos servicios sin sucursal.

En la segunda norma se detalla qué instrumentos financieros, con carácter general, no resultan adecuados por su elevada complejidad, a juicio de la CNMV, para clientes minoristas.

La norma tercera detalla las advertencias a realizar cuando los clientes minoristas vayan a adquirir un instrumento financiero que a su vez sea un pasivo admisible para la recapitalización interna.

En concreto, dependiendo del producto, entre las advertencias se dice al cliente que “está a punto de adquirir un producto que no es sencillo y que puede ser difícil de entender” o se indica que “este es un producto con apalancamiento. Debe ser consciente de que las pérdidas pueden ser superiores al importe desembolsado inicialmente para su adquisición”.

La norma cuarta identifica una serie de instrumentos financieros para los que debe advertirse a los clientes minoristas informándoles, en la documentación que se les debe entregar cuando vayan a adquirir o vender el producto, de la existencia de una diferencia significativa entre el importe efectivo al que vaya a realizarse la operación, incluyendo en su caso las comisiones explícitas que resulten de aplicación, y la estimación que la entidad haga de su valor actual. Esta circular entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE.

(SERVIMEDIA)
27 Mar 2018
MMR/gja