Cataluña

Méndez de Vigo avisa de que el 155 continuará “si no hay un Gobierno de la Generalitat legalmente constituido”

MADRID
SERVIMEDIA

El portavoz del Ejecutivo, Íñigo Méndez de Vigo, avisó este miércoles de que la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña continuará “si no hay un Gobierno de la Generalitat legalmente constituido”, esto es, con un presidente “en capacidad y plenitud de su ejercicio”.

Así se pronunció en una entrevista en Cope recogida por Servimedia, donde recordó que el acuerdo del Senado recoge que este precepto constitucional estará en vigor hasta la formación de un nuevo Gobierno en Cataluña. “En ese momento, no tendrá sentido (el 155)”, sentenció.

Explicó que el Gobierno que se forme en Cataluña tendrá que asumir las competencias de las que hasta ahora se ha encargado el gabinete de Mariano Rajoy “para restablecer el orden constitucional y estatuario que violó el Gobierno de (Carles) Puigdemont”.

No obstante, segundos después precisó que “dificulta mucho las cosas” que se proponga como candidato para presidir la Generalitat a una persona encarcelada o incursa en procedimientos judiciales, ya que “un presidente tiene que gobernar y estar en la plena capacidad de su tiempo y disponibilidad para hacerlo”.

Precisamente, cuando se habla de un posible acuerdo para proponer como candidato a Jordi Sànchez, expresidente de la ANC y en prisión preventiva por el proceso independentista, Méndez de Vigo advirtió de que “una persona que está investigada por delitos muy graves y no tiene la capacidad que tiene cualquier otra persona es muy difícil que pueda actuar como presidente de una comunidad autónoma”.

En consecuencia, valoró que es una “mala idea” que una persona que “no esté en plenas condiciones para ejercer un cargo tan importante, lo haga”. “Si no hay un Gobierno de la Generalitat legalmente constituido, el 155 continuará”, agregó el también ministro de Educación, Cultura y Deporte.

Incidió en que “lo que dijo el Senado es que tenía que haber un Gobierno legalmente constituido”, lo cual significa “que esté en capacidad y plenitud de su ejercicio”. “¿En qué cabeza cabe que alguien que tiene que dirigir una Administración autonómica pueda hacerlo a distancia o por videoconferencia? Tampoco tiene mucho sentido que lo haga un señor que en estos momentos está a disposición de la autoridad judicial”, remachó.

(SERVIMEDIA)
28 Feb 2018
MFN/caa