La Sociedad de Oncología pide que la futura Ley de Protección de Datos no dificulte la investigación en cáncer
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La Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM) pidió este lunes a los grupos parlamentarios que la futura Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal que está siendo tramitada en el Congreso de los Diputados no impida la investigación biomédica en España.
La Unión Europea ha aprobado el Reglamento (UE) 2016/679, que permite a los Estados miembros adaptar y desarrollar algunos aspectos del mismo en la legislación nacional. Por ello, en la actualidad el Congreso de los Diputados está tramitando un proyecto de ley que modifica la ley de protección de datos en vigor.
Este nuevo proyecto de ley no autoriza la reutilización de datos ni la prestación de consentimiento para otros fines que no fueran los previstos inicialmente. Por este motivo, SEOM llamó la atención sobre el hecho de que, contrariamente a lo que establece el Reglamento europeo, "no se ha tomado en consideración que la investigación médica es una actividad de interés público general. Además, el artículo 20 de la Constitución española protege la investigación científica como un derecho fundamental, que es una actividad de interés público que debe ser promovida por los poderes públicos, tal y como establece el artículo 40 de la norma suprema".
Asimismo, recordó que "otros países de nuestro entorno y punteros en investigación, como Alemania, tienen legislaciones que permiten la reutilización de datos sin necesidad de obtener un nuevo consentimiento del interesado.
El proyecto de ley, asegura esta sociedad "obvia el papel de salvaguarda de los Comités de Ética de la Investigación (CEI), que son los garantes de la protección de los derechos de los participantes en proyectos de investigación, ya que cualquiera de estos proyectos deben ser aprobados antes de comenzar. La aprobación por el CEI implica el examen de los datos personales y del tratamiento de muestras de los participantes en el estudio, y se revisan las previsiones de consentimiento, las garantías de salvaguarda de la confidencialidad o anonimato, o la pertinencia de los datos que se propone recoger para garantizar que se protegen los derechos y bienestar de los participantes".
(SERVIMEDIA)
12 Feb 2018
MAN/gja