Violencia género
El Observatorio computará también delitos contra mujeres fuera de la pareja
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El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género va a comenzar a computar desde el 1 de enero de 2018 como delitos de violencia de género los que cometan hombres contra mujeres por el hecho de ser mujeres, aunque se produzcan fuera del ámbito de la pareja o expareja.
Así lo anunció este jueves la presidenta del Observatorio, Ángeles Carmona, que participó con el resto de magistrados que forman el grupo de expertos en la materia en una reunión en la sede del CGPJ en la que se acordó, según dijo, “una serie de propuestas bastante innovadoras” que trasladar a la Comisión Nacional de Estrategia Judicial en cumplimiento del Pacto de Estado contra la Violencia de Género y el Convenio de Estambul que aquélla hizo suyo.
En primer lugar, el grupo acordó pedir datos a los juzgados de los casos y sentencias relativos a homicidios y asesinatos de mujeres cometidos por hombres, para estudiar caso por caso cuántos deberían computarse como violencia de género aunque se produjeran fuera del ámbito de la pareja o expareja. En concreto, enumeró los que contempla el Convenio de Estambul: los delitos sexuales o contra la integridad sexual, la mutilación genital, la trata o explotación sexual y el acoso por motivo de sexo.
Los delitos que pasarán a catalogarse también como de género comenzarán a computarse a partir del 1 de enero de 2018, en tanto que las sentencias, de cuyo seguimiento es responsable el Observatorio, su próximo estudio, que se publicará en unos meses, ya incorporará las del año 2016 y el escrutinio de si aplicaron el agravante de género que está presente en el Código Penal desde 2015, así como de cómo se materializaron las medidas de protección de la víctima.
Además, prosiguió Carmona, el grupo de expertos en violencia de género ha acordado recomendar la formación especializadas de los jueces en esta materia, de manera que todos los que entren a formar parte de un órgano judicial tendrán que hacer un curso obligatorio que les inculque no sólo contenido jurídico, sino también “sensibilización y concienciación” sobre la violencia de género.
Bajando a los ejemplos, la presidenta dijo que a partir de ahora se contabilizarán como de género los asesinatos de mujeres posteriores a una agresión sexual, los asesinatos de prostitutas o mujeres sometidas a trata, el acoso sexual a compañeras de trabajo, etc. En general, sintetizó, “cualquier delito cometido contra la mujer por el hecho de ser mujer, con ese desprecio de género, esa prevalencia y especial vulnerabilidad que tiene la mujer por haber vivido durante siglos y siglos bajo la dominación machista debe considerarse de género”.
Para Carmona, esta ampliación del concepto “va a convertir a España en el país más pionero en la lucha contra la violencia de género”, y la dotación económica necesaria no será un problema, puesto que ya la prevé el Pacto de Estado; un acuerdo parlamentario del que también alabó la retirada del régimen de visitas a los padres cuyos hijos hayan estado expuestos a la violencia en el hogar.
La presidenta del Observatorio no se pronunció sobre si ha de haber una ley expresa contra la trata sexual o incluirse la normativa en una ampliación de la ley de 2004 contra la violencia de género, un aspecto sobre el que han discrepado las mayorías respectivas del Congreso de los Diputados y el Senado, siendo el primero favorable a limitar la ley del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero como está y el Senado de ampliarla.
(SERVIMEDIA)
01 Feb 2018
KRT/caa