'El pequeño Nicolás´ vuelve a ser juzgado por calumnias contra el CNI

MADRID
SERVIMEDIA

El Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid celebra el próximo miércoles, 31 de enero, a partir de las 11.30 horas, la repetición de la vista oral del juicio contra Francisco Nicolás Gómez Iglesias, 'el pequeño Nicolás´, por la supuesta comisión de un delito de calumnias con publicidad contra el Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

El joven ya fue juzgado en 2016 por este mismo delito y resultó condenado a una multa de 4.320 euros. Sin embargo, Francisco Nicolás apeló la resolución a la Audiencia Provincial y la Sección 15 de este tribunal resolvió en mayo de 2017 que la vista tenía que repetirse con un nuevo magistrado y con la declaración en el plenario del comisario Eugenio Pino, cuya declaración no fue aceptada en el primer juicio.

El tribunal, formado por los magistrados Pilar de Prada, Carlos Fraile y Luis Pelluz, estimó el recurso interpuesto por 'el pequeño Nicolás’, que alegaba la vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva al rechazarse la testifical del ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía, Eugenio Pino.

Su declaración fue solicitada tras denunciar que el comisario exjefe de Asuntos Internos Marcelino Martín Blas, único testigo de la Fiscalía, había incurrido en actuaciones irregulares en diversas investigaciones policiales.

La Sección 15 recordó en su sentencia que la testifical de Pino fue rechazada por “extemporánea” y por “irrelevante”, y advierte que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) prevé que la defensa proponga la prueba testifical en el juicio oral cuando “revelaciones o retracciones inesperadas produzcan alteraciones sustanciales en los juicios, haciendo necesarios nuevos elementos de prueba o alguna sumaria instrucción suplementaria”.

Además, indicaba que precisamente de la declaración de Martín Blas se “desprende la indudable relevancia” del testimonio de Pino. La Sección 15 considera que se produce indefensión cuando durante el proceso un órgano judicial “impide a una parte el ejercicio del derecho de defensa, privando o limitando su capacidad de ejercitar bien su facultad de alegar y justificar sus derechos e intereses”.

Por ese motivo, la Audiencia Provincial acordó declarar nulo el juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal número 25 de Madrid y ordenó su repetición. En el primer juicio, Francisco Nicolás Gómez fue condenado a una multa de 4.320 euros y resultó absuelto del delito de injurias contra las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

(SERVIMEDIA)
28 Ene 2018
SGR/gja