Competencia multa a Mediaset por exceso de publicidad
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La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Mediaset España con 35.850 euros por superar los límites de emisión dedicados a los mensajes publicitarios.
Las infracciones se produjeron entre mayo y julio pasados en los canales Cuatro, Telecinco y Boing. Según informó este jueves el organismo supervisor, Mediaset ha vulnerado el artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), que establece el límite de emisión de publicidad, de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural.
En concreto, el precepto señala que “para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento”. “También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj”, añade el artículo.
A Mediaset se le ha aplicado la reducción de la sanción inicialmente prevista (59.750 euros), en aplicación de lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por reconocer voluntariamente su responsabilidad y por haber realizado el pago voluntario con anterioridad a dictarse la resolución.
La CNMC recuerda que contra esta resolución, Mediaset podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
(SERVIMEDIA)
25 Ene 2018
JRN/gja