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Condenados a prisión los dos tuiteros que insultaron a Pilar Manjón

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha condenado a penas de prisión a dos hombres, Fernando de Reyna y Tomás Santos, que en 2014 vertieron graves insultos en Twitter contra Pilar Manjón, expresidenta de la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo, por sus posiciones izquierdistas. El magistrado entiende que “es difícil” encontrar expresiones “más graves, más hirientes y más ofensivas” que las que los condenados vertieron en su contra.

El tribunal condena a los internautas un año y un año y medio de prisión y les impone el pago de 3.000 y 6.000 euros de indemnización, respectivamente, por delito de enaltecimiento del terrorismo en su versión de humillación a las víctimas.

El hijo de Manjón, Daniel, fue asesinado en la estación de Cercanías de El Pozo, en Madrid, por una de las mochilas bomba que hizo estallar la célula yihadista el 11 de marzo de 2004. En 2014, De Reyna escribió en la red social sobre Manjón: “¿Qué se puede esperar de una mala madre que hace negocio apoyando la impunidad de los asesinos de su hijo?”. En el juicio, Reyna atribuyó este insulto a un “calentón”. La fiscalía solicitaba una pena de un año y medio de prisión para él.

Por su parte, Tomás Santo rechazó tener cuentas en las redes sociales y manifestó que su imputación deriva de un “montaje” realizado por el programa de televisión La Tuerka, del que fue presentador el secretario general de Podemos, Pablo Iglesias.

A él se le atribuyen mensajes como "A Pilar Manjón le tocó la lotería cuando reventaron al hijo. Menuda puta"; "Imagino que el padre del hijo de la Manjón no dice nada porque no sabe quién es...", o "Me alegra saber que pese a tu problema ortográfico apoyas a la puta proterrorista de Manjón".

En su sentencia, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal analizan la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional y considera que los mensajes publicados por los acusados, “objetivamente, encierran una evidente carga de desprecio, vejación o humillación a la persona de Pilar Manjón, víctima del terrorismo por se madre de una de las personas que fueron asesinadas en los atentados del 4 de marzo de 2004 en Madrid, que ha tenido una cierta relevancia pública por su condición de presidenta de una asociación de víctimas del terrorismo”.

A juicio de la Sala, pese a que Reyna señaló que envió el mensaje con precipitación y que no rectificó porque no sabía dónde había ido a parar y no quería ofender, no se puede “minimizar la relevancia de una manifestación en la que se acusa abiertamente a la querellante de ser mala madre, hacer negocio con su condición de víctima y apoyar la impunidad nada menos que de los asesinos de su hijo”.

Añaden que “es verdad que no se recogen expresiones groseras, pero los hechos que se imputan a la víctima por su gravedad revisten suficiente entidad para ofender gravemente su dignidad y ocasionarle un sufrimiento añadido al natural dolor que es consecuencia de la pérdida trágica de su hijo único en un atentado terrorista. Es difícil imaginar una acusación más grave, más hiriente, más ofensiva, que la de imputar a una madre, que tanto ha sufrido, ser mala madre, hacer negocio, o apoyar la impunidad de los asesinos”.

Respecto al otro acusado, condenado a un año de prisión y a 6.000 euros de indemnización, el tribunal dice que sus mensajes son “manifiestamente ofensivos, e incluso se extienden y afectan a la dignidad del progenitor del hijo asesinado, cuya paternidad se cuestiona. Es difícil imaginar un contenido más hiriente y ofensivo”, dice la sentencia.

En este caso, el condenado argumentó no ser autor de los mensajes, pero la Sala cree que hay prueba suficiente para acreditar que fue quien lo remitió. Le impone una pena mayor dada la reiteración de los 'tuits', el fuerte contenido vejatorio, elevado número de seguidores, así como su condición de usuario habitual y no esporádico de las redes sociales.

(SERVIMEDIA)
13 Dic 2017
SGR/gja