La Justicia europea reprocha a España la expulsión de un preso colombiano

-El tribunal asegura que si no supone "una amenza real" no puede ser expulsado

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia contra un expediente de expulsión que pesaba sobre un preso colombiano residente en España y que había sido impulsado por el Gobierno español, al que reprocha que pretenda expulsar a un ciudadano con permiso de residencia que no representa “una amenaza real”.

El reo, que responde a las iniciales W.L.P., había obtenido en 2013 un permiso de residencia de larga duración en España y posteriormente fue condenado a dos penas de cárcel de 12 y tres meses.

Ingresó en prisión en 2015 y la Delegación del Gobierno de Navarra inició los trámites para expulsarle a Colombia y le prohibió la entrada en España durante cinco años, una decisión que Luxemburgo ha señalado que contraviene la normativa europea.

“No puede adoptarse una decisión de expulsión contra un nacional de un Estado no miembro de la Unión Europea, residente de larga duración, por la mera razón de que haya sido condenado a una pena privativa de libertad superior a un año”, informó el tribunal europeo.

En concreto, la sala octava el Tribunal de la Unión Europea señala en la sentencia –dictada tras una consulta del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pamplona- que los países comunitarios solo pueden expulsar a un residente de larga duración “cuando represente una amenaza real y suficientemente grave para el orden público o la seguridad pública”.

Además, la Justicia europea recuerda al Gobierno de España que antes de expulsar a un ciudadano debe considerar la edad de la persona implicada, la duración de la residencia en el territorio, las consecuencias para él y su familia o los vínculos con el país de residencia.

Asimismo, el tribunal recuerda que una medida de expulsión “no puede adoptarse de modo automático a raíz de una condena penal”, por lo que la Delegación del Gobierno en Navarra habría errado en su intención de expulsar a este ciudadano colombiano.

“PROTECCIÓN REFORZADA”

De hecho, el preso colombiano debería gozar de una “protección reforzada contra la expulsión” porque, según el tribunal de Luxemburgo, la directiva europea pretende “la integración de los nacionales de países no miembros de la Unión Europea que se han instalado permanentemente en los Estados miembros”.

No obstante, la Justicia europea señala en su sentencia que cuando los infractores sean extranjeros y realicen conductas de las tipificadas como “muy graves” pueden ser expulsados pero con un “principio de proporcionalidad”, algo que no habría sido respetado, según el tribunal, por las autoridades españolas.

(SERVIMEDIA)
07 Dic 2017
GIC/gja