Reportaje

Empleo

Estas son las ventajas fiscales y subvenciones para empresas por contratar a personas con discapacidad

- Las compañías con más de 50 trabajadores están obligadas por ley a tener al menos un 2% de personas con discapacidad

- Quienes crean empleo destinado directamente a personas con discapacidad pueden optar a una deducción en el Impuesto de Sociedades

MADRID
SERVIMEDIA MALDITA.es

Las empresas que contratan a personas con discapacidad en España se pueden beneficiar de ayudas e incentivos fiscales en función de cuál sea la modalidad de su contrato. Por ejemplo, una empresa que contrate de forma indefinida a alguien con discapacidad puede deducirse entre 4.500 y 6.300 euros en las cotizaciones a la Seguridad Social, a lo que puede sumar otra deducción de hasta 12.000 euros si para esa contratación crea un nuevo puesto de trabajo.

La contratación de personas con discapacidad es incluso una obligación para determinadas empresas, en función de su tamaño. La ley establece que las empresas públicas y privadas que cuentan con 50 o más trabajadores "estarán obligadas a que de entre ellos al menos el 2% sean personas trabajadoras con discapacidad", salvo que se indique lo contrario en algún convenio colectivo a voluntad del empresario y se apliquen medidas alternativas.

Cuando una empresa contrata de forma indefinida a una persona con discapacidad puede beneficiarse de una subvención concreta por la modalidad de contratación, bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social y una subvención para la adaptación estructural del puesto de trabajo de la persona con discapacidad. Los principales requisitos son que el trabajador tenga una discapacidad acreditada igual o superior al 33% y esté dado de alta en el Servicio Público de Empleo.

En primer lugar, toda empresa que contrate a un trabajador con discapacidad acreditada igual o superior al 33% de forma indefinida contará con una subvención de 3.907 euros, según indica la normativa vigente.

A esto hay que sumarle las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social. Estas son deducciones con la finalidad de reducir los costes laborales a las empresas para potenciar el acceso al mercado laboral a determinados colectivos, como ocurre en este caso con las personas con discapacidad, por tratarse de un sector de población doblemente vulnerable y con una mayor tasa de paro.

La cuantía de la deducción a la Seguridad Social varía en función de la edad, sexo y porcentaje acreditado de discapacidad. De este modo, para la contratación de personas con discapacidad igual o superior al 33% hay una ayuda de 4.500 euros si es un hombre de menos de 45 años, 5.350 euros si es una mujer de menos de 45 años y 5.700 euros, sea hombre o mujer, de más de 45 años.

En el caso de personas con una discapacidad igual o superior al 65%, la Seguridad Social concede una bonificación de 5.100 euros si es un hombre menor de 45 años, 5.950 euros si es una mujer menor de 45 años y 6.300 euros, sea hombre o mujer, mayor de 45 años.

SUBVENCIONES E IMPUESTO DE SOCIEDADES

Además, las empresas que contratan a un trabajador con discapacidad se pueden beneficiar de una subvención para la adaptación del puesto de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección fijada en 901,52 euros.

Con relación al impuesto de sociedades, una empresa puede deducirse una parte de su cuota íntegra cada vez que cree un nuevo puesto de trabajo para una persona con discapacidad. Se trata de 9.000 euros al año si la discapacidad acreditada es igual o superior al 33% y de 12.000 euros al año si la discapacidad acreditada es igual o superior al 65%.

Los requisitos y los beneficios de una contratación temporal son los mismos que con un trabajador fijo, excepto la subvención de 3.907 euros por creación de un nuevo puesto de trabajo indefinido. Las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social son menores y, como pasa con los empleados con discapacidad fijos, cambian según la edad, sexo y porcentaje acreditado de discapacidad.

Así, para una discapacidad igual o superior al 33% hay una subvención de 4.700 euros si es una mujer de más de 45 años, de 4.100 euros si es un hombre de más de 45 años, de 4.100 euros si es una mujer de menos de 45 años y de 3.500 euros cuando se trate de un hombre menor de 45 años.

Para una discapacidad igual o superior al 66%, hay una subvención de 5.300 euros si es una mujer de más de 45 años, 4.700 euros si es un hombre de más de 45 años, 4.700 euros si es una mujer de menos de 45 años y 4.100 euros si es un hombre menor de 45 años.

En las contrataciones temporales, las empresas también pueden optar a una subvención de 901,52 euros para la adaptación del puesto de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección. A ello se le añade una deducción de entre 9.000 (discapacidad igual o superior al 33%) y 12.000 euros (igual o superior al 33%) en el impuesto de sociedades por la creación de cada nuevo puesto de trabajo.

(SERVIMEDIA)
30 Abr 2023
PAI