LA XUNTA DE GALICIA PROHIBE LA PUBLICIDAD DE ALCOHOL O TABACO QUE VINCULE ESTOS PRODUCTOS AL EXITO SOCIAL

SANTIAGO DE COMPOSTELA
SERVIMEDIA

La publicidad de bebidas alcohólicas no podrá dirigirse de forma específica a menores de edad ni utilizar la imagen de menores o mujeres embarazadas.

Tampoco podrá asociarse el consumo del alcohol a prácticas deportivas, educativas o anitarias. Del mismo modo, ni la publicidad de alcohol ni la del tabaco podrá vincularse a la conducción de vehículos. A estos productos, además, nunca podrá atribuírsele carácter terapéutico, estimulante o sedante.

En el texto aprobado hoy por el Gobierno gallego se limita también la promoción de bebidas alcohólicas en ferias y exposiciones. Deberá realizarse en espacios diferenciados o separados en los que los menores de 18 años sólo podrán acceder acompañados de adultos.

Por otro lado, la publcidad de alcohol sólo podrá emitirse en las emisoras de radio y televisión situadas en Galicia desde las 22 horas a las ocho de la mañana, las mismas horas que el proyecto de ley establece para la publicidad de tabaco.

El proyecto de ley contempla que la Administración gallega promoverá acuerdos de autocontrol y autolimitación de la publicidad de bebidas alcohólicas y tabaco.

La futura ley de drogas responde a una solicitud realizada por el Parlamento en las conclusiones de la comisión que estudi en la Cámara las repercusiones sociosanitarias de las drogas y el narcotráfico.

(SERVIMEDIA)
24 Feb 1995
C