LOS VOLUNTARIOS DE COOPERACION INTERNACIONAL DEBERAN CONTAR CON UN SEGURO POR ENFERMEDAD Y ACCIDENTE
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El proyecto de Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo establece que los voluntarios que trabajen en este ámbito deberán contar con un seguro de asistencia, que cubra los riesgos de enfermedad y acidente durante el tiempo que permanezcan en el extranjero y los gastos de repatriación.
La Comisión de Asuntos Exteriores votó hoy las enmiendas presentadas por los distintos grupos al texto, que regulará todos los aspectos concernientes a la cooperación internacional.
Aunque el proyecto de ley extendía el seguro de asistencia a los familiares directos del voluntario que se desplacen con él, CiU propuso eliminar esta posibilidad por el aumento de costes que podría acarrear a las ONGs.
El texo exige que los voluntarios de cooperación para el desarrollo deben esta vinculados a la organización en la que presten sus servicios por medio de un contrato que contemple una compensación económica que permita al voluntario cubrir sus necesidades básicas.
Asimismo, el proyecto de ley define la figura del cooperante y obliga a regular los derechos y obligaciones de esta figura a través de un estatuto.
(SERVIMEDIA)
14 Abr 1998
GJA