LA VIVIENDA TIENE MENOR GARANTIA QUE UN ELECTRODOMESTICO, DENUNCIA LA UCE
- Cuatro años después de entrar en vigor la Ley de la Edificación, continúan sin desarrollarse los reglamentos sobre Defectos de Habitabilidad y Defectos de Acabado
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La vivienda tiee menor garantía de consumo que un electrodoméstico, ya que éste goza de seis meses de garantía y la vivienda sólo está asegurada contra vicios estructurales, como deficiencias en cimientos, vigas, tejado o fachadas, pero no contra deficiencias de habitabilidad y de acabado, que son las que motivan la mayoría de las reclamaciones de los usuarios, según manifestó hoy a Servimedia el portavoz de la Unión de Consumidores de España (UCE), Dacio Alonso.
La Ley de Ordenación de la Edificación, que entró en igor en mayo de 1999, sólo vino acompañada de uno de los tres reglamentos que afectan a las garantías para los compradores de vivienda, el relativo al seguro decenal contra fallos estructurales que, por cierto, no era novedad porque ya existía.
En cambio, los reglamentos relativos al seguro de tres años frente a Defectos de Habitabilidad y al seguro de un año contra Defectos de Acabado, la auténtica aportación de la Ley de la Edificación, junto al Código Técnico de la Edificación, brillan por su ausenia cuatro años después.
En este periodo se han construido en España cerca de dos millones de viviendas y en 1999 el precio medio de la vivienda aumentó un 12,3 por ciento, en el 2000 un 14,8%, en el 2001 un 15% y en el 2002 un 12,7%, es decir, en los cuatro últimos años la vivienda se ha encarecido un 54,8% en España.
El reglamento sobre el seguro frente a defectos de habitabilidad se referirá, cuando entre en vigor, a una garantía de tres años por problemas en instalaciones de electricidad, aireacondicionado o climatización, calefacción, canalizaciones de telecomunicaciones, agua o gas, entre otros aspectos.
Nada de esto está asegurado en la actualidad en un bien que requiere en muchos casos el endeudamiento de una familia durante décadas y que vende un promotor que casi siempre desaparece cuando entrega las llaves.
En cuanto a los defectos de acabado, que son los más palpables, tampoco tienen reglamento que dé una garantía de un año, como establece la Ley de la Edificación. Es decir, adiferencia de un electrodoméstico, que si se avería antes de seis meses tiene garantizada su reparación por el servicio de asistencia técnica del fabricante, el comprador de una casa a la que no le dejaron bien la tarima, las ventanas tienen infiltraciones o la pintura de las habitaciones no es la que recogía la memoria de calidades, no tiene más remedio que perseguir al promotor (si le encuentra) para que subsane esas faltas de acabado.
Alonso afirmó que "estamos mucho peor que antes porque la ley cró una expectativa, que era positiva, que suponía pacificar los temas de desarrollo de la calidad en el proceso constructivo, pero al no desarrollar estos dos aseguramientos ha creado una situación de frustración al comprador".
(SERVIMEDIA)
16 Mar 2003
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