VISTO PARA SENTENCIA EL JUICIO DEL MAR EGEO EN EL QUE LOS AFECTADOS RECLAMAN 25.000 MILLONES DE INDEMIZACION
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Con la exposición de las conclusiones definitivas de las partes, esta tarde quedó visto para sentencia en la Audiencia Provincial de La Coruña el juicio por accidente del petrolero "Mar Egeo", que el 3 de diciembre de 1993 derramó 80.000 toneladas de petróleo, y provocó una marea negra que afectó a buena parte de las rías altas gallegas.
Los más tres mil pescadores y mariscadores de las diez cofradías afectadas solicitan una indemnización de 10.000 millons de pesetas, aunque la cifra total de lo reclamado se acerca a los 25.000 millones si se suman las demandas de otras empresas damnificadas, el Puerto de La Coruña, y la propia Xunta de Galicia, personados en la causa.
El fiscal, Mario Piñeiro, pidió también una pena de multa para el capitán del buque, Constaninos Stavridis, que no se presentó en el juicio, y para el práctico del puerto coruñés Rodolfo García Otero.
Mario Piñeiro se opuso a la suspensión de actuaciones, solicitada el pasado lunespor el defensor del capitán, amparándose en la legislación española, que prohibe juzgar en ausencia peticiones de pena superiores a un año.
El defensor de Stavridis pidió la absolución del capitán, por considerar que no incurrió en imprudencia ni temeridad, sino en todo caso en un error. El abogado del práctico reclamó también la absolución para su cliente, alegando indefensión por la ausencia del capitán y que se limitó a cumplir estrictamente el reglamento de practicaje.
Rodolfo García también ue exculpado, por el abogado del Estado, Fernando García Agudín, que rechazó en consecuencia la responsabildiad civil subsidiaria del Estado, solicitada por el fiscal.
La vista se cerró con la intervención del abogado del Fondo de Compensación de Daños por Hidrocarburos, que calificó en sus conclusiones de injustificadas y exageradas las indemnizaciones solicitadas por sus partes. Rechazó, asimismo, lo informes presentados por biólogos y economistas sobre los efectos de la catástrofe.
En caso de ue el práctico del puerto y el capitán del buque resulten finalmente condenados, las indemnizaciones deberán ser abonadas en primera instancia por el armador y la casa aseguradora del petrolero, aunque la responsabilidad civil subsidiaria recaería sobre el Fondo de Internacional de Daños por Hidrocarburos y el propio Estado español. El Estado evitaría la responsabilidad subsidiaria si la condena recayera exclusivamente sobre el capitán.
(SERVIMEDIA)
01 Feb 1996
C