LA VELOCIDAD MAXIMA PARA CICLISTAS EN CARRETERA PASA DE 45 A 50 KILOMETROS POR HORA
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La Comisión de Justicia e Interior del Congreso tiene previsto aprobar el próximo jueves una proposición de ley, tramitada por iniciativa del Senado, para elevar de 45 a 50 kilómetros por hora la velocidad máxima a la que pueden circular los ciclistas en carretera.
Este aumento obedece, de acuerdo con el texto de la iniciativa parlamentaria, a "las mejoras enla seguridad de los vehículos y en la configuración de las vías, que permiten, sin mayor riesgo, tal aumento".
La proposición de ley introduce varias reformas en la normativa de circulación, como permitir que dos bicicletas circulen en paralelo cuando vayan por el arcén, carriles bici o vías reservadas para ciclistas. Se mantiene la prohibición de que los ciclistas hagan uso de autopistas.
Por otra parte, se establecen una serie de medidas mínimas exigibles de seguridad para los ciclistas. Así, ls bicicletas deberán estar dotadas de elementos reflectantes de color rojo, situados en la parte posterior de los pedales, del sillín y de la horquilla trasera. De igual modo, cuando sea obligatorio el uso del alumbrado los ciclistas llevarán alguna prenda reflectante.
La proposición de ley establece también que, en las bicicletas construidas para una sola persona, se permitirá el transporte de menores, de edad entre uno y seis años, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: que el conductor ea mayor de edad; que se realice en transportines homologados y que se circule por las vías reservadas al uso exclusivo de ciclos o carril-bici.
(SERVIMEDIA)
18 Mayo 1999
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