Desperdicio alimentario

Los Veintisiete proponen reducir un 30% el desperdicio de comida en restaurantes, comercios y hogares

- Y una tasa para que marcas cubran los costes de recogida, clasificación y reciclaje de ropa usada

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de la UE adoptó este lunes, en una reunión celebrada en Luxemburgo con la presencia de los ministros de medio ambiente de los Veintisiete, propuso este lunes un 30% de reducción per cápita del desperdicio de comida en comercios minoristas, restaurantes, servicios de alimentación (comedores escolares y empresariales, hospitales, etc.) y hogares.

Ello forma parte de la posición del Consejo sobre una revisión específica de la Directiva marco sobre residuos, centrada en los residuos alimentarios y textiles. Esa orientación general permite a la Presidencia rotatoria de la UE (a cargo de Hungría en el segundo semestre de este año) iniciar conversaciones con el Parlamento Europeo sobre el texto final. La Eurocámara adoptó su posición el pasado marzo.

Cada año se generan más de 58 millones de toneladas de desperdicio de alimentos (es decir, 131 kilos por habitante) en la UE, lo que representa una pérdida estimada de 132.000 millones de euros. Además, el desperdicio de alimentos representa un 16% de las emisiones totales de gases de efecto invernadero del sistema alimentario de la UE.

La UE también genera 12,6 millones de toneladas de residuos textiles al año. Solo la ropa y el calzado abarcan 5,2 millones de toneladas de residuos, lo que equivale a 12 kilos de residuos por persona cada año. Actualmente, sólo el 22% de esos productos desechados se recoge por separado para su reutilización o reciclaje, mientras que el resto suele incinerarse o depositarse en vertederos.

La directiva propuesta establece objetivos vinculantes sobre la reducción del desperdicio de alimentos para 2030: un 10% en procesamiento y fabricación, y un 30% per cápita en comercio minorista, restaurantes, servicios de alimentación y hogares.

Los objetivos de reducción de alimentos se calcularán en comparación con la cantidad generada en 2020, ya que fue el primer año en el que se recogieron datos sobre el desperdicio alimentario según un método armonizado. Los países de la UE pueden utilizar un año de referencia anterior a 2020 si existieran métodos adecuados de recopilación de datos nacionales.

El enfoque general permite a los Estados miembro utilizar también 2021, 2022 o 2023 como años de referencia, ya que los datos de 2020 pueden en algunos casos no ser representativos debido a la pandemia de la covid-19.

Además, los ministros de medio ambiente de la UE acordaron que es necesario desarrollar factores de corrección para tener en cuenta las fluctuaciones en el turismo y los niveles de producción en el procesamiento y la fabricación de alimentos en relación con el año de referencia.

SECTOR TEXTIL

La actual directiva marco sobre residuos, en vigor desde 2008, obliga a los Estados miembro de la UE a garantizar la recogida selectiva de textiles para su reutilización, preparación para su reutilización y reciclaje antes del 1 de enero de 2025.

Según el enfoque general del Consejo de la UE, la Comisión Europea considerará a finales de 2028 establecer objetivos específicos para la prevención, recogida, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos del sector textil.

La propuesta para la revisión de la Directiva marco sobre residuos prevé sistemas armonizados de responsabilidad ampliada del productor que exigirían a las marcas de moda y a los productores textiles pagar tasas para ayudar a financiar los costes de recogida y tratamiento de residuos textiles.

Estos planes se establecerán hasta 30 meses después de la entrada en vigor de la Directiva y los ministros acordaron incluir a las microempresas en su ámbito.

El nivel de esas tarifas se basará en la circularidad y el desempeño ambiental de los productos textiles (conocido como ecomodulación). Como prevenir el desperdicio es la mejor opción, el enfoque general establece que los Estados miembro pueden exigir tarifas más altas a las empresas que sigan prácticas industriales y comerciales de ‘moda rápida’.

El enfoque general reconoce el papel clave de las entidades de la economía social (incluidas organizaciones benéficas, empresas sociales y fundaciones) en los sistemas de recogida de textiles existentes y permite que mantengan y operen sus propios puntos de recogida selectiva.

Según la posición del Consejo, los Estados miembro de la UE pueden eximirlas de ciertos requisitos de presentación de informes para evitar una carga administrativa desproporcionada.

(SERVIMEDIA)
17 Jun 2024
MGR/gja