UNA SENTENCIA OBLIGA A INDEMNIZAR A UNA MADRE A LA QUE LA EMPRESA NEGO UNA EDUCCION DE JORNADA PARA CUIDADO DE HIJOS
- Establece la obligación de las empresas a otorgar este derecho a las madres
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El Juzgado número 30 de lo Social de Madrid ha obligado a una empresa a pagar una indemnización a una trabajadora a la que puso trabas para tomar una reducción de jornada para el cuidado de sus hijos menores de 6 años.
Además, el fallo establece la obligación para las empresas de cumplir este derecho que aparece en la normativa vigente desd 1999 sobre conciliación de la vida familiar y laboral.
En una sentencia, a la que tuvo acceso Servimedia, el juzgado condena a hipermercados Alcampo a otorgar la reducción de jornada a la trabajadora y, además, indemnizarla con 2.000 euros por el "daño moral" sufrido al intentar entorpecer la empresa el derecho legítimo de la trabajadora a reducir su jornada por "guarda legal de hijo menor de seis años".
La sentencia asegura que la actuación de la empresa no fue dolosa pero "si culposa" o, cuant menos atentatoria contra el derecho a la igualdad de género o sexo.
La demanda fue tramitada por la Federación Estatal de Comercio, Hostelería y Turismo de UGT y fija una indemnización por el tiempo transcurrido entre la solicitud del recorte de jornada y la sentencia que lo reconoció.
Para UGT, la sentencia supone un "hito" en el reconocimiento de un derecho de las mujeres y, además, abre la vía a la posibilidad de plantear la responsabilidad patrimonial de las empresas a través de la reclamacin de la correspondiente indemnización para estos casos, muy comunes en el sector del pequeño comercio, según el sindicato que lidera Cándido Méndez.
(SERVIMEDIA)
06 Feb 2003
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