IRPF

UNA CONCENTRACIÓN PEDIRÁ HOY LA ANULACIÓN DE LAS SENTENCIAS FRANQUISTAS

MADRID
SERVIMEDIA

El "Grupo Pro-Revisión del Proceso Granado-Delgado" ha convocado para hoy una concentración ante las puertas del Tribunal Supremo bajo el lema "¡Anulación de las sentencias franquistas, ya!", con el fin de reclamar "la completa rehabilitación moral y jurídica de todas las víctimas de la represión franquista".

La concentración, que se celebrará a las 11,00 horas, coincide con la vista que celebrará la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo para estudiar el recurso de revisión del caso de Francisco Granado y de Joaquín Delgado, que fueron ejecutados el 17 de agosto de 1963 mediante garrote vil en la cárcel de Carabanchel.

Fue el 13 de agosto de 1963 cuando un tribunal franquista declaró probado que Granado y Delgado, miembros de la Federación Ibérica de Juventudes Libertarias, colocaron sendas bombas en la Dirección General de Seguridad y en la Delegación Nacional de Sindicatos el 29 de julio de 1963. La primera explosión hirió a varias personas, mientras que la segunda causó daños materiales.

En 1998, los familiares de Granado y de Delgado pidieron la revisión de dicha sentencia, alegando que se dictó sin pruebas y teniendo en cuenta que dos personas, Antonio Martín Bellido y Sergio Hernández, confesaron ser los autores de aquellos atentados.

Sin embargo, el 3 de marzo de 1999 la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo dictó un auto por el que desestimaba la presentación del citado recurso de revisión, decisión que fue anulada el 13 de julio de 2004 por el Tribunal Constitucional.

El Constitucional entendió que las pruebas que habían solicitado los familiares de Delgado y de Granado para revisar el casoeran "claramente pertinentes por su relación con los hechos", por lo que la decisión del Supremo de denegar la práctica de las mismas no era razonable.

OTROS CASOS

De este modo, el caso regresó al Tribunal Supremo, que no es la primera vez que estudia asuntos similares. De hecho, el pasado 26 de enero rechazó revisar el caso de Francisco Sánchez Ruano, que pasó 11 años en prisión por un atentado perpetrado en el Valle de los Caídos el 12 de agosto de 1962 y en el que no participó.

El Supremo alegó que la sentencia franquista contra Sánchez Ruano no le atribuye la "acción material" de la colocación de la bomba y que "la condena se produjo por otros hechos o conductas punibles, en la normativa entonces aplicable, consistente en la integración del señor Sánchez Ruano en la organización clandestina de las Juventudes Libertarias".

El Alto Tribunal también rechazó en su día revisar el caso del dirigente comunista Julián Grimau, fusilado el 20 de abril de 1963.

Según establece el artículo 954.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el recurso de revisión, de carácter extraordinario, tiene lugar "cuando después de la sentencia sobrevenga el conocimiento de nuevos hechos o de nuevos elementos de prueba, de tal naturaleza que evidencien la inocencia del condenado".

(SERVIMEDIA)
03 Abr 2006
B