UNA COMISION DE VIGILANCIA DE ACTIVIDADES DE FINANCIACION DEL TERRORISMO PODRA CONGELAR CUENTAS QUE FINANCIEN A LOS TERRORISTAS
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un Anteproyecto de Ley sobre "Prevención y Bloqueo de la Financiación del Terrorismo", por el que se creará una Comisión de Vigilancia que decidirá l congelación de fondos de entidades y personas relacionadas con el terrorismo.
Este anteproyecto ha sido elaborado por los ministerios de Interior, Justicia y Economía, y se adecúa a los mandatos de Naciones Unidas y la UE en relación a esta cuestión.
En rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el titular de Justicia, Angel Acebes, manifestó que este anteproyecto "tiene como finalidad crear mecanismos ágiles que permitan cortar las fuentes de financiación terrorista, con la colaboraciónde las entidades e instituciones financieras, siempre en el pleno respeto a las exigencias de nuestro Estado de derecho".
Con esta norma, de carácter preventivo, se permitirá la congelación de fondos y demás activos financieros, bloqueo de transacciones, movimientos de capitales, cobros, pagos y transferencias de los grupos y organizaciones terroristas, así como de las personas o entidades a ella vinculadas. A estas mismas personas se les prohíbe la apertura de cuentas de entidades financieras.
Pr ello, se creará una Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo, de la que formará parte un representante de Ministerio Fiscal, y a la que se le atribuye la potestad de acordar la congelación de fondos de esas personas y entidades.
Los acuerdos de bloqueo surtirán efecto por el tiempo que se determine sin que ningún caso pueda exceder de seis meses. Este plazo podrá ser prorrogado por el órgano judicial.
Asimismo, las resoluciones de la Comisión de Vigilancia de Actividdes de Financiación del Terrorismo, que agotan la vía administrativa, serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo.
Será la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia NaciOnal la que revise los acuerdos de bloqueo que adopte la Comisión a traves de los recursos que procedan.
La Comisión de Vigilancia pondría en conocimiento el órgano jurisdiccional penal competente, los posibles hechos delictivos de que tenga noticia o conocimiento en el ejercicio de las funciones atribuida por esta ley.
De cara a permitir la más completa aplicación de las previsiones de esta norma se prevé que la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo pueda recibir información de las administraciones tributarias, de las entidades gestoras de la Seguridad Social y de los organismos supervisores de los mercados financieros.
TERRORISMO ISLAMICO
Por otra parte, el Gobierno aprobó también hoy un Acuerdo para facilitar la ejecución de las sucesivas resoluciones del Consej de Seguridad de las Naciones Unidas por la que se crea un Comité de Sanciones encargado de identificar a las personas o entidades vinculadas con el terrorismo islámico, con el objetivo primordial de congelar sus fondos.
Este Acuerdo refuerza y confiere seguridad jurídica a las prohibición de realizar movimientos de capitales y sus correspondientes operaciones de cobro, pago, transferencia que tengan como ordenante, emisor, beneficiario o destinatario a las personas, entidades u organizaciones relacioadas por estas dos instancias internacionales.
(SERVIMEDIA)
30 Nov 2001
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