UGT DENUNCIA DISCRIMINACION SALARIAL POR EDAD PARA LOS APRENDICES

- Considera que la reforma laboral vulnera el principio de igualdad que estblece la Constitución

MADRID
SERVIMEDIA

La reforma laboral aprobada por el Gobierno utiliza la edad, no los conocimientos ni la experiencia profesional, como factor clave para establecer diferencias en las retribuciones que los aprendices perciben por su trabajo, según un informe hecho público hoy por UGT.

A juicio del sindicato, de esta forma "se rompe con el principio de igual trabajo-igual valor", al tiempo que se vulnera el artículo 14 de la Constitución. Este es uno de los motivo que fundamentan la demanda ante el Defensor del Pueblo para que presente un recurso de inconstitucionalidad contra la normativa.

Según la central socialista, la reforma laboral introduce importantes desequilibrios en el mercado de trabajo y establece factores discriminatorios entre los trabajadores. Como ejemplo de inconstitucionalidad, UGT cita la diferente remuneración que fija la ley para los aprendices en función de su edad.

"Esta arbitrariedad puede llegar al absurdo de que un aprendiz de 1 años cumplidos que fue contratado a los 16 años y, por lo tanto, tiene ya un año de experiencia perciba alrededor de ocho mil pesetas mensuales menos que otro contratado con 18 años y sin experiencia profesional", indica el informe.

El primero de estos dos aprendices estaría percibiendo su salario en función del 85 por ciento del salario mínimo interprofesional (SMI) establecido por la normativa para los menores de 16 años, es decir, 34.017 pesetas, mientras que el segundo cobraría, por el mismo trabjo, el 70 por ciento del SMI establecido para mayores de 18 años (60.570 pesetas), es decir, 42.399 pesetas.

En consecuencia, se establece una diferencia de trato retributivo en función de la edad, no por formación ni conocimientos, entre dos jóvenes que pertenecen al colectivo de aprendices que la ley 10/1994 define como trabajadores que carecen de formación y conocimientos necesarios para el desarrollo de un oficio.

"No es constitucionalmente posible que el legislador establezca un salario lega garantizado en defecto de regulación en convenio colectivo diferente en función de la edad del aprendiz contratado, pues ello vulnera claramente la Constitución", dice UGT.

El sindicato recuerda que la diferencia de trato por razón deedad ya ha sido expresamente incluida por el Tribunal Constitucional como causa discriminatoria del artículo 14 de la Constitución en varias sentencias.

(SERVIMEDIA)
21 Ago 1994
CAA