LA UE ESTUDIA ENDURECER LAS PRUEBAS DE RESISTENCIA DE LOS COCHES EN CHOQUES FRONALES Y LATERALES

MADRID
SERVIMEDIA

El Parlamento Europeo debatirá el próximo martes, día 11, dos propuestas de directiva para endurecer las pruebas oficiales de resistencia al choque frontal y lateral de los vehículos de motor, con el fin de aumentar la seguridad y reducir el número de muertos en accidentes de tráfico.

Estas propuestas pretenden establecer nuevos requisitos de ensayo de resistencia de los coches en casos de impactos frontales y laterales. Según datos de la Unión Europe, de los 25.000 ocupantes de coches que fallecen anualmente a causa de accidentes de tráfico, se calcula que unos 15.000 lo son por impactos frontales y 6.500 por impactos laterales.

Actualmente, el ensayo de impacto frontal que se exige en Europa tiene más de 20 años y se realizan haciendo chocar los coches contra una barrera sólida, cuando en la mayor parte de los accidentes reales los vehículos no colisionan contra obstáculos fijos, sino entre ellos.

Además, según los expertos comunitarios, lo coches tampoco son exactamente frontales, sino que sus partes delanteras coinciden en un 40 ó 50 grados, con lo que estructuras frontales rígidas, como el motor del coche, penetran profundamente en el vehículo, transmitiendo la fuerza del impacto al habitáculo del coche causando heridas graves y muertes.

En el informe que se debatirá el martes, la Comisión Europea propone un ensayo con barrera rígida en ángulo de 30 grados a partir del 1 de octubre de 1995, y más adelante, obligatoriamente el 1 de ocubre de 1998 y opcionalmente el 1 de enero de 1996, un ensayo con barrera deformable en desviación.

Por lo que se refiere a los impactos laterales, en la actualidad no existe ningún tipo de normativa comunitaria relativa a los ensayos en este tipo de choques. El ensayo que quiere introducir la Comisión Europea reproduce el choque lateral con un vehículo en posición estática mediante una barrera móvil cuya masa y estructura frontal tienen un diseño semejante a un vehículo normal.

La Comisión Europa defiende que la altura a la que debe situarse la barrera móvil sea de 260 milímetros en una primera etapa (a partir del 1 de octubre de 1995) y de 300 milímetros en la segunda (obligatoria a partir del 1 de octubre del año 2001 y opcional desde el 1 de enero de 1998).

(SERVIMEDIA)
08 Jul 1995
NLV