LA UE ESTABLECE NORMAS PARA COMPENSAR A LOS VIAJEROS AFECTADOS POR "OVERBOOKING"
- Se quiere ampliar la normativa de vuelos internos a vuelos procedentes de otros países terceros
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Las empresas de transporte que operan en la UE deberán ofrecera los viajeros una compensación en casos de "overbooking", cuando éstos han hecho la debida reserva de plaza confirmada.
Así lo establece una nueva propuesta de la Comisión Europea para garantizar la protección de los pasajeros, que tiene una aplicación a los vuelos de compañías europeas que salgan de un país tercero con destino comunitario.
En ocasiones, el "overbooking", el exceso de carga del avión o la limitación de plazas por razones comerciales puede privar a un pasajero de un asiento que peviamente ha reservado. Una primera propuesta del Ejecutivo europeo se refería a paliar estas consecuencias en vuelos internos de la Unión. Sin embargo, ahora la propuesta ha sido ampliada a vuelos de países extracomunitarios con destino a algún Estado miembro.
La Comisión propone que los damnificados sean compensados debidamente, pero además establece que hay que asegurar que cualquier compañía aérea, antes de denegar el embarque a un pasajero, utilice toda su capacidad técnica para hacerle hueco a brdo. También defiende que, en caso de que el viajero sea incluido en una clase superior a la que pagó, la empresa no pueda exigirle que abone la diferencia de tarifa.
Por lo tanto, la compañía responsable deberá ofrecer, independientemente de la nacionalidad del afectado, una serie de opciones compensatorias. Por un lado, el reembolso sin penalización del precio total de billete, el transporte a su lugar de destino de la manera más rápida y en condiciones similares a las originales, y, por último, llear al pasajero a su lugar de destino en una fecha posterior sólo y exclusivamente si él está de acuerdo.
(SERVIMEDIA)
28 Ene 1999
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