UCE RECOMIENDA A QUIENES VIAJEN EN SEMANA SANTA QUE SE INFORMEN DE SUS DERECHOS ANTE LAS AEROLÍNEAS Y LAS AGENCIAS DE VIAJES
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La Unión de Consumidores de España (UCE) recomendó hoy a quienes vayan a realizar un viaje en las vacaciones de Semana Santa que se informen de cuáles son sus derechos frente a las agencias de viajes y las compañías aéreas.
Según esta organización, los problemas principales que se pueden plantear al usuario son el "overbooking" y la pérdida de equipajes, en el caso de desplazamientos aéreos.
En este sentido, UCE recordó que una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Gerona reconoció los daños morales causados a los usuarios por la pérdida de equipaje.
En los vuelos nacionales, si el equipaje se pierde, se deteriora, o llega con retraso, hay un plazo de 10 días desde la desaparición o la recuperación para hacer la reclamación por escrito ante la compañía.
Si se trata de vuelos internacionales, hay 7 días para reclamar por deterioro del equipaje y 21 días, en caso de retraso. En caso de pérdida, deterioro o retraso del equipaje, el usuario tiene derecho a una indemnización por kilogramo facturado.
UCE añadió que es muy recomendable hacer una declaración de valor para garantizar que, en caso de pérdida, se indemnice en proporción a lo realmente perdido.
Si hay "overbooking", es decir, venta de plazas por encima de la capacidad del avión, el usuario tiene derecho al reembolso del billete o al transporte lo más rápidamente posible a su destino, además de una indemnización en metálico.
Si se produce un retraso o una cancelación del vuelo, la compañía tiene que pagar al usuario los gastos justificados de teléfono, comidas, hoteles, etcétera.
En los viajes en ferrocarril, en caso de retraso, el usuario tiene derecho a una indemnización cuya cuantía oscilará entre el 25%, el 50% o el 100% del precio del billete, dependiendo del exceso en el horario previsto.
En cuanto a las reclamaciones contra agencias de viajes por incumplimiento de las condiciones del viaje contratado, se recomienda a los usuarios conservar la publicidad que ofrece la entidad ya que tiene carácter contractual.
(SERVIMEDIA)
10 Mar 2008
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