LA UCE Y LAS EMPRESAS PROVEEDORAS DE LOS 903 ELABORAN UN CODIGO ETICO QUE REGULA ESTOS SERVICIOS TELEFONICO

MADRID
SERVIMEDIA

La Unión de Consumidores de España (UCE) y la Asociación Española de Proovedores de Servicios Audiotex (Aespa) han elaborado un código ético que regula los servicios telefónicos que ofrece el 903 y que incluye normas de conducta que deberán respetar las empresas que ofrecen estos servicios.

La UCE y Aespa presentarán el código a Telefónica y al Instituto Nacional del Consumo para que formen parte del pre acuerdo alcanzado entre la organización de consumidores y la ptronal de los proveedores, con la intención de que el código forme parte de los contratos que ratifiquen Telefónica y estas empresas.

Adolfo Varela, responsable de Servicios Públicos de la UCE, manifestó hoy en rueda de prensa que el documento intenta proteger los derechos de los consumidores y el libre ejercicio del comercio respetando la legislación vigente.

Según Varela, el objetivo final del código es conseguir que aquel usuario que no quiera utilizar este tipo de servicios se pueda desconectr voluntariamente de ellos.

Sin embargo, el portavoz de la UCE indicó que el coste que acarrea la desconexión no debe sufragarlo el usuario, sino Telefónica.

El pre acuerdo, que hace especial referencia a los servicios de contenido erótico, los denominados "party lines" y los destinados a la población infantil, señala que estas líneas no deberán promocionar discriminación racial o religiosa o cualquier otra vulneración de los derechos fundamentales, ni incitar a cualquier persona a realizar práctcas peligrosas o ilegales.

Asimismo, señala que las empresas que solicitan información personal están obligadas a especificar con claridad para que desean dichos datos.

Cualquier servicio dirigido a individuos de edad inferior a los 16 años tiene que estar considerado como infantil, por lo que no deberán incluir referencias a prácticas que "un padre razonable no desearía que su hijo o hija aprendiese de esta manera", así como tampoco "un vocabulario que un buen padre de familia no desearía que suhijo o hija oyese".

Además, la duración de los "party lines" infantiles no podrán exceder de los 10 minutos y los dirigidos a la población adulta de los 25.

Respecto al horario de funcionamiento de los servicios infantiles, el acceso a los mismos quedará restringido a aquellas franjas horarios en las que, con carácter general, está garantizada la presencia de un adulto en el domicilio.

"LINEAS EROTICAS"

Para las denominadas "líneas eróticas" el código de conducta pide que los mensajes de itroducción indiquen que está prohibido el acceso a ellas de los menores de 18 años.

La publicidad no contendrá imágenes o textos que involucren a menores de edad, en radio y televisión aparecerá en las franjas horarias de menor audiencia infantil y en los periódicos sin representación gráfica alguna.

Hugo Vailanti, presidente de Aespa, declaró que el documento favorecerá la potenciación de estos servicios y permitirá realizar las desconexiones voluntarias en un periodo de tiempo "relativamente coto".

El pre acuerdo también contempla la creación de un comité arbitral que analizará las reclamaciones interpuestas a los servicios audiotex y la formación de un fondo de garantía, con cargo a la facturación global de estos servicios, que deberá satisfacer los fallos del comité arbitral.

Finalmente, Adolfo Varela explicó que el código no afecta a los servicios que prestan empresas extranjeras desde su países de origen, ya que "no es posible desconectar los 07".

(SERVIMEDIA)
15 Dic 1992
GJA