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El Tribunal de la UE anula parcialmente la decisión de Bruselas por la que multó a Intel con 1.060 millones de euros

BRUSELAS MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal General de la UE ha anulado parcialmente la decisión de la Comisión Europea por la que impuso en 2009 al gigante tecnológico estadounidense Intel una multa de 1.060 millones de euros por abuso de posición en el mercado mundial de procesadores al hacer descuentos perjudiciales para la competencia.

En una sentencia publicada este miércoles, el tribunal de Luxemburgo señala que el Ejecutivo comunitario hizo un análisis “incompleto” que “no permite demostrar de modo jurídicamente suficiente que los descuentos condicionales concedidos por Intel podían o podrían producir efectos contrarios a la competencia”.

Según la Comisión, Intel supuestamente concedió descuentos a cuatro fabricantes estratégicos de equipos informáticos originales (Dell, Lenovo, Hewlett-Packard (HP) y NEC), a condición de que le compraran a ella la totalidad o la casi totalidad de los procesadores x86. Asimismo, se imputaba a Intel haber efectuado pagos a un distribuidor europeo de aparatos microelectrónicos (Media-Saturn-Holding) a condición de que este vendiera exclusivamente ordenadores equipados con procesadores x86 de Intel. Estos descuentos y pagos (“descuentos controvertidos”) presuntamente garantizaron la fidelidad de los cuatro fabricantes de equipos y de Media-Saturn y, de este modo, redujeron notablemente la capacidad de los competidores para ejercer una competencia basada en los méritos de sus propios procesadores x86. Por tanto, la Comisión consideró que la conducta contraria a la competencia de Intel había contribuido a reducir la oferta para los consumidores y los incentivos a la innovación.

Después de varios recursos de Intel, el Tribunal General ha estimado que la Comisión “no ha demostrado de modo jurídicamente suficiente la capacidad de cada uno de los descuentos controvertidos para producir un efecto de expulsión del mercado”.

Los jueces han considerado hora además que Bruselas “no examinó debidamente el criterio relativo al porcentaje del mercado cubierto por la práctica criticada ni procedió tampoco a un correcto análisis de la duración de los descuentos”.

En cuanto a la incidencia de esta anulación parcial de la decisión impugnada sobre el importe de la multa impuesta por la Comisión a Intel, el Tribunal General señala en la sentencia que no puede identificar el importe de la multa correspondiente únicamente a las restricciones manifiestas, y en consecuencia, anula en su totalidad el artículo de la decisión impugnada que impone a Intel una multa de 1 060 millones de euros por la infracción constatada.

(SERVIMEDIA)
26 Ene 2022
JRN/gja