EL TRIBUNAL SUPREMO CONDENA A UN CONCEJAL A INDEMNIZAR CON MEDIO MILLON A UN ALCALDE DE SALAMANCA AL QUE INSULTO
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El Tribunal Supremo ha condenado a cuatro meses de arresto y el pago de una indemnización de 500.000 pesetas a Isidro Navas, concejal del ayuntamiento de Santa Marta de Tormes (Salamanca) por un delito de desacato por insultar repetidas veces al alcalde, Manuel Isaac Iglesias, al que llamó "mafioso y ladrón" durante la celebración de un pleno.
Esta es la primera vez que el alto tribunal se pronuncia a favor de que un delito de desacato a la autoridad pueda ser penado con e pago de una indemnización, ya que aunque el bien jurídico protegido que contempla la ley para este delito no es el honor personal, existe un ataque a la persona que encarna a la autoridad "que no puede quedar desprotegida", según una sentencia hecha pública hoy.
Los hechos se remontan al 15 de diciembre de 1988 cuando, durante una sesión plenaria, el alcalde negó la intervención al concejal, que había interrumpido el parlamento de un compañero.
El alcalde rogó al concejal que esperar su turno enreiteradas ocasiones y, ante su oposición, le expulsó de la sala, momento en que el condenado insultó por cuatro veces al edil.
La Audiencia de Salamanca condenó a Isidro Navas a seis meses de prisión menor y una multa de 60.000 pesetas como autor de un delito de desacato, resolución que fue recurrida por el alcalde que exigía una indemnización.
El alto tribunal, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Montero, ha fallado a favor del alcalde explicando que aunque un ministr o cargo público "no son sujetos en cuanto a personas del delito de desacato" si resultan "ofendidos o perjudicados con su comisión".
"Se ofende a la función, pero esta ofensa puede y aun debe reflejarse como consecuencia en la esfera jurídica de quien personalmente encarne a ella", señala el magistrado que reconoce al alcalde "su pretensión reparadora".
La sala rebaja sin embargo la pena de seis a cuatro meses de arresto por estimar que las injurias no fueron de gravedad porque las expresiones uilizadas por el concejal se produjeron en "la crispación del debate político, tan habitual desgraciadamente, y reveladora de una no plena asunción de los comportamientos democráticos".
(SERVIMEDIA)
22 Oct 1992
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