El tribunal pide un indulto parcial para una colaboradora de ETA ----------------------------------------------------------------
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La Audiencia Nacional ha condenad a 60 años de prisión a Inmaculada Pacho Martín y Fernando del Olmo Vega, miembros de la banda terrorista ETA, como autores de un atentado cometido en Guetxo (Vizcaya) el 6 de noviembre de 1989, que costó la vida al subinspector de policía Eladio Rodríguez García.
En otra sentencia, el tribunal pide al Gobierno un indulto parcial para Yolanda Aldama Parra, condenada a 6 años de cárcel por colaborar con la banda armada, aunque intentó desvincularse de la organización en 1988, por lo que recomienda que u pena no exceda de los 3 años de reclusión.
La Sala Segunda de la Audiencia Nacional considera probado que Inmaculada Pacho y Fernando del Olmo planearon asesinar al subinspector de policía colocando en su automóvil una bomba que confeccionaron en el domicilio del segundo, con 3 kilos de amonal.
Despúes de vigilar al subinspector, que prestaba sus servicios en la comisaría del barrio de San Ignacio de Bilbao, se desplazaron la noche anterior a su muerte hasta su domicilio, en Guetxo, para instalr el artefacto bajo el asiento del conductor.
A las siete de la mañana, el policía puso en marcha el coche, accionando el explosivo que provocó su muerte instantánea.
La misma sala publicó hoy una sentencia contra Asier Eguizabal y Yolanda Aldama, a los que condena a 7 y 6 años de prisión, por realizar tareas de colaboración con la organización entre 1986 y 1988.
Ambos alquilaron un piso en Lejona (Vizcaya) donde albergaron a varios miembros de ETA, entre ellos Carmen Guisasola, "Marichu", Jlián Achurra Egurola, "Xavi", y Armando Riteiro, "Jon".
En 1988, Yolanda se entrevistó en Francia con "Marichu" para intentar desvincularse de la organización. Sin embargo, la dirección etarra le entregó posteriormente una lista de matrículas de vehículos para que averiguara el nombre y el domicilio de sus propietarios.
La procesada se sintió amenazada y entregó la lista a su compañero Asier, de quien estaba esperando un hijo, que accedió a realizar el encargo.
El tribunal considera que los emores de Yolanda estaban justificados por las circunstancias y solicita el indulto parcial para la misma, de acuerdo al párrafo segundo del artículo 2 del Código Penal, que permite el tribunal considerar si una pena es excesiva de acuerdo al grado de malicia con la que se efectuó el delito.
Por otra parte, la Audiencia Nacional ha condenado a Nicolás Francisco Rodríguez y José María Urdampilleta Goenaga a 8 y 7 años de cárcel, respectivamente, por pertenencia a banda armada. La sala establece otros 2 años para el primero por delitos de depósito y tenencia ilícita de armas.
(SERVIMEDIA)
26 Mar 1992
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