EL TRIBUNAL DE LUXEMBURGO CONDENA A ESPAÑA POR LA MALA CALIDAD DE SUS AGUAS DE BAÑO

- El 35% por ciento de las aguas de baño interiores no cumplen las normas de calidad de la UE

BRUSELAS
SERVIMEDIA

El Tribunal de Luxemburgo ha condenado a España por incumplir la directiva comunitaria sobre calidad de aguas de baño. El tribunal europeo considera que la calidadde las aguas interiores destinadas al ocio es deficiente y en muchos casos no cumplen los parámetros que marca la directiva.

El tribunal acepta los argumentos que planteó la Comisión Europea contra España, y reconoce que mientras la calidad de las aguas del litoral es muy buena, no ocurre lo mismo con muchos tramos de ríos y lagunas destinadas al ocio.

Mientras las aguas de baño del litoral alcanzan un grado de cumplimiento de la directiva superior al 90 por ciento, las aguas interiores presentanun nivel de incumplimiento cercano al 40 por ciento, según datos de la Comisión a los que ha tenido acceso Servimedia.

La sentencia del Tribunal de Luxemburgo obliga a España a adoptar medidas para corregir esta situación, por lo que la Comisión Europea dará un plazo de dos meses a la Administración a partir de que reciba notificación oficial de la misma para que informe de las iniciativas correctoras adoptadas.

En el supuesto de que la Administración española no remita esta información o las meddas que establezca para cumplir la directiva no satisfagan a la Comisión, se abrirá otro procedimiento de infracción contra España, que podría culminar con una nueva sentencia condenatoria del tribunal europeo e incluso en una sanción económica.

(SERVIMEDIA)
12 Feb 1998
GJA