EL TRIBUNAL DE JUSTICIA EUROPEO FALLA CNTRA FRANCIA POR RETENER RECAMBIOS DE AUTOMOVILES ESPAÑOLES EN ADUANAS
- Confiscar durante 10 días estas mercancías va contra la libre circulación establecida en el Tratado de la UE
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El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha dictaminado que las mercancías legalmente fabricadas en un Estado de la UE no pueden ser retenidas por las aduanas de otro país cuando su destino es un país comunitario tercero para ser allí comercializadas.
Así lo ha clarado el Tribunal de Luxemburgo en relación a la retención de piezas de recambio de automóvil por parte de las aduanas francesas, piezas de fabricación española que se dirigían a Italia.
El Tribunal de Justicia Europeo entiende que, en el asunto denominado "Comisión contra Francia", este país ha incumplido su obligación de facilitar la libre circulación de mercancías dentro de las fronteras de la Unión. El conflicto comenzó a raíz de la retención en la frontera franco-española de recambios españolespara vehículos que iban dirigidos al mercado italiano.
Esta retención, en contra de la que se ha pronunciado el Tribunal de Luxemburgo, se realizó basándose en el "Código de la propiedad intelectual" de Francia, que permite al titular del derecho registrado solicitar la confiscación en aduana por espacio de 10 días de mercancías supuestamente falsificadas. En ese tiempo, el solicitante puede acudir a los órganos jurisdiccionales competentes.
El tribunal considera que la actuación de las autoridads aduaneras galas ha restringido claramente la libre circulación de mercancías en la Comunidad, algo que queda salvaguardado en el Tratado de la UE. Las leyes sólo permiten la retención de estos artículos por razones de protección de la propiedad industrial y comercial siempre que haya la justificación de proteger los derechos de esta propiedad. Sin embargo, éste no fue el caso de Francia.
(SERVIMEDIA)
28 Sep 2000
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