EL TRIBUNAL DE CUENTAS ES INCAPAZ DE FISCALIZAR LOS FONDOS PUBLICOS QUE MANEJAN LOS PARTIDOS, SEGUN YOLANDA GOMEZ
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Yolanda Gómez, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Educación a Distancia (UNED), considera que el Tribunal de Cuentas es incapaz de fiscalizar los fondos públicos que manejan lospartidos políticos.
"El caso Filesa", dijo, "demuestra que este organismo ha sido ineficaz ya que, para redactar el informe sobre el caso, ha actuado sobre la documentación que se le ha aportado y no ha revisado todos y cada uno de los documentos de forma exhaustiva".
Por otra parte, Gómez, que participa en las jornadas sobre "Derecho Constitucional" de los cursos de verano de la UNED, consideró que las instancias de control económico financiero en los sistemas democráticos "tienen una importanci vital".
"Por ello", declaró, "esta institución debería contar con todo tipo de recursos y funcionar de una manera similar, salvando las idstancias, a como lo hace el Tribunal Constitucional o el Consejo General del Poder Judicial".
Para esta catedrática, el control económico financiero constituye "la más clara expresión del ejercicio de la soberanía, dado que una de las esencias de la democracia es la redistribución de la riqueza de la nación".
DIFICULTAD DE FUNCIONAMIENTO
El modelo de Trbunal de Cuentas creado en España, asentado en un órgano colegiado de doce miembros plantea, en su opinión, una grave dificultad para el funcionamiento de este organismo.
"El problema no reside en el número", dijo Gómez, "sino en la forma de designación de sus miembros, porque al hacerlo las cámaras por la mayoría de 3/5, no quedan representadas las fuerzas políticas minoritarias".
Para Yolanda Gómez, esta institución debería dar cabida a todo el arco parlamentario por ser un órgano de control ta vinculado a las cámaras.
Otra dificultad añadida del alto organismo, según esta catedrática, está en que el Tribunal de Cuentas realiza sus funciones fiscalizadoras "a posteriori" y no "a priori" y de forma concomitante, "en el sentido de realizar las acciones de control en el mismo momento en que se llevan a cabo los hechos".
En opinión de Gómez, es preciso modificar la ley orgánica que regula este organismo para que el mismo reciba en el plazo marcado por la legislación toda la documentación qe considere oportuna para realizar dictámenes rigurosos sobre una determinada entidad o partido político.
(SERVIMEDIA)
09 Jul 1992
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