Tribunales

El Tribunal de Cuentas concluye que entidades públicas no controlaron el destino del material sanitario adquirido de emergencia en pandemia

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Cuentas indica en su informe de fiscalización de los contratos de emergencia celebrados en 2020 para la gestión de la crisis sanitaria por covid-19 en el ámbito de las autoridades administrativas independientes y fundaciones que “la mayor parte de las entidades que adquirieron material sanitario (mascarillas, guantes higiénicos y gel hidroalcohólico)” no aprobaron criterios de reparto y de distribución entre las unidades internas o entre el personal, de manera que no hubo control sobre su uso ni evaluación del material necesario.

El Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó, el 22 de diciembre de 2020, el Programa Anual de Fiscalizaciones correspondiente al año 2021, en el que se incluyó, a iniciativa del propio Tribunal, la “fiscalización de los contratos de emergencia celebrados en 2020 para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19, en el ámbito de autoridades administrativas independientes, otras entidades públicas y fundaciones estatales”.

Se trata de una fiscalización enfocada a la elaboración de un Informe global de la actividad fiscalizadora del Tribunal de Cuentas sobre los contratos de emergencia celebrados en 2020 para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia.

El ámbito subjetivo de la fiscalización está integrado por las siguientes autoridades administrativas independientes, entidades públicas estatales y fundaciones estatales: Agencia Estatal de Administración Tributaria, Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores, Consejo de Seguridad Nuclear, Corporación RTVE, Fundación Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, Imprenta de Billetes, Instituto de Crédito Oficial, Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Museo Nacional del Prado y el Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Madrid.

En diez de las trece entidades integrantes del ámbito subjetivo se han fiscalizado la totalidad de los contratos de emergencia celebrados en el ejercicio 2020, en tanto que para las tres restantes se ha seleccionado una muestra que ha oscilado entre el 38 % y 44 % de dichos contratos, según los casos. En su virtud, se han fiscalizado 82 contratos de los 134 celebrados durante el periodo fiscalizado, lo que supone el 61 % del total de estos. En términos de precio de adjudicación, se han fiscalizado contratos por un importe global de 7.489 miles de euros sobre un total de 11.046 miles de euros, lo que supone el 68 % del total.

El informe tiene por objetivo verificar el cumplimiento de la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas la documentación relativa a los contratos, analizar la justificación de la tramitación de emergencia, comprobar la existencia o no de crédito suficiente, analizar la preparación, adjudicación y formalización de los contratos desde la perspectiva de la normativa y de los principios aplicables a la contratación pública, verificar si se ha dado cuenta de los correspondientes acuerdos al Consejo de Ministros en el plazo máximo de treinta días y analizar la ejecución y el cumplimiento de los contratos y su sometimiento a la legalidad vigente.

El Tribunal de Cuentas concluye que todas las entidades analizadas han justificado documentalmente de forma suficiente que cada uno de los contratos examinados en los que concurrían las exigencias legalmente previstas para aplicar la tramitación de emergencia.

Todas las entidades fiscalizadas han actuado dentro del marco legal al acogerse a dicha tramitación de emergencia mediante la justificación de que el contrato celebrado en cada caso tenía por objeto actuaciones orientadas a la protección de las personas frente a la pandemia. Sin embargo, la mayor parte de los expedientes fiscalizados no justificaron que la finalidad perseguida en cada caso por el correspondiente contrato no podía ser lograda si se acudía a la tramitación ordinaria o, alternativamente, a la tramitación urgente.

Además, un número significativo de las entidades fiscalizadas no han comprobado la capacidad de los adjudicatarios para poder celebrar contratos con el sector público, ni su solvencia económica, financiera o técnica para cumplir los compromisos adquiridos. En la mayor parte de los contratos no se solicitaron ofertas a más de una empresa, lo que el TC considera que habría sido una buena práctica.

El informe indica que “en la mayor parte de las entidades que adquirieron material sanitario (mascarillas, guantes higiénicos y gel hidroalcohólico), no consta haberse aprobado criterios de reparto y de distribución entre las unidades internas o entre el personal, según los casos, de tales bienes, sin que tampoco conste haberse practicado un control del consumo de existencias que permitiera en cada momento conocer las entradas, las salidas y los remanentes de los productos adquiridos, práctica que hubiera hecho posible que la reposición de productos se realizase cuando ello resultara necesario y en las cantidades realmente necesitadas”.

(SERVIMEDIA)
18 Feb 2022
SGR/clc