EL TRIBUNAL DE LA COMPETENCIA ORDENA INVESTIGAR A UNA EMPRESA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA
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El Tribunal de Defensa de la Competencia ha orenado la incoación de un expediente a la empresa "Verificaciones Industriales de Andalucía" (VEIASA), propiedad de la Junta de Andalucía, por un posible abuso de su carácter oficial para dominar el mercado de la inspección técnica de vehículos.
En una resolución a la que tuvo acceso Servimedia, el tribunal revocó el archivo de las actuaciones previamente decidido por la Dirección General de Defensa de la Competencia y ordenó investigar a VEIASA ante las denuncias formuladas contra ella por varias emprsas privadas de la competencia.
Las denunciantes (Estave, Interluc, Incovesa, ITV Nevada, Invesur, Luque-Atrio e Itasa) son compañías que realizan la inspección técnica de vehículos en régimen de concesión y que consideran que la Junta de Andalucía ha dado un trato de favor a su empresa.
A este respecto, el tribunal ordena que se investigue por qué se han reservado a VEIASA 20 de las 34 demarcaciones en qué está dividida Andalucía para que los vehículos pasen la inspección técnica.
También cnsidera necesario que la Dirección General de Defensa de la Competencia analice si no supone una práctica restrictiva del mercado la concesión en exclusiva a VEIASA de la revisión técnica de vehículos usados de importación.
Las empresas denunciantes acusan también a la Junta de Andalucía de haber establecido tarifas no equitativas en relación con los servicios de VEIASA y de otorgar directamente a su empresa nuevas estaciones de inspección técnica de vehículos, marginando a los empresarios privados. Asimismo, afirman que VEIASA obtiene un trato de favor en la publicidad institucional sobre inspecciones de vehículos, cuenta con una financiación privilegiada con cargo a recursos públicos y goza de facilidades en cuanto a la consulta de archivos de automóviles en la Delegación de Industria.
Además, a VEIASA, según estas empresas, no se le exige ser propietaria de los terrenos e instalaciones de sus estaciones y ostenta un privilegio en cuanto al régimen sancionador, ya que la autoridad competenteen esa materia es, al mismo tiempo, presidente de su Consejo de Administración.
Por su parte, VEIASA negó que reciba ayudas ilegales, argumentó que la ITV no es un mercado sujeto a la libre de competencia, sino en régimen de concesión, y señaló que está integrada en condiciones de igualdad con las denunciantes en la Asociación Andaluza de Entidades Concesionarias de Inspecciones Técnicas de Vehículos.
MONOPOLIOS
En respuesta a estos argumentos, el tribunal advierte en su resolución que la Ley d Defensa de la Competencia es de aplicación tanto a las empresas privadas como a las públicas y que "la prohibición de la explotación abusiva de la posición de dominio en el mercado se aplica incluso a los monopolios establecidos por disposición legal".
Con su decisión de ordenar la apertura de un expediente sobre este caso, el tribunal revocó un acuerdo anterior de la Dirección General de Defensa de la Competencia, quien no apreció, en una investigación anterior, la existencia de un trato de favor haia VEIASA.
Según el tribunal, el cierre de la investigación fue decidido tras "la instrucción de una información reservada" en la que, "como dato más relevante" figuró "un informe evacuado por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía".
Para el tribunal, la conducta de VEIASA puede conculcar los artículos 6 y 7 de la Ley de Defensa de la Competencia, relativos al abuso de posición dominante y el falseamiento de la libre cometencia por actos desleales.
(SERVIMEDIA)
02 Oct 1992
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