TRANSFERENCIAS RECIPROCAS DE DERECHOS DE PREVISION SOCIAL ENTRE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y ESPAÑA

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto sobre transferecias recíprocas de derechos entre el sistema de previsión social de las Comunidades Europeas y los regímenes públicos de previsión social españoles.

El Real Decreto coordina la normativa española con las disposiciones comunitarias sobre esta materia, para garantizar así a los españoles al servicio de las Comunidades Europeas la posibilidad de transferir los derechos de pensión adquiridos en España al sistema de previsión social comunitario y, en sentido inverso, para que cuando cesen al servicio de la Comunidades puedan transferir los derechos de pensión de jubilación al régimen público de previsión social en que se integren.

En relación con las transferencias al sistema de previsión social comunitario, el decreto establece las normas precisas para el cálculo de los derechos a pensión de jubilación o retiro y de viudedad acreditados en el Régimen de Clases Pasivas o en cualquier otro Régimen de la Seguridad Social al momento del inicio de la prestación de servicios en las instituciones comunitaria.

En relación con las transferencias de derechos desde el sistema comunitario al régimen nacional correspondiente, el real decreto regula la conversión del importe transferido por los años de servicios prestados en las instituciones comunitarias.

(SERVIMEDIA)
30 Dic 1999
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