Laboral
El TJUE establece que la condición de empresa de trabajo temporal no puede limitarse a las que disponen de autorización
×
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha ha establecido que la condición de Empresa de Trabajo Temporal (ETT) no puede limitarse a quienes disponen de autorización administrativa previa para desarrollar esa actividad.
Acceso clientes
Para acceder a la mayoría de las noticias, debes ser usuario registrado.
Si deseas acceder a las noticias de Servimedia, escribe un correo a la siguiente dirección: suscripciones@servimedia.es
(SERVIMEDIA)
24 Oct 2024
DMM/gja