Laboral

El TJUE establece que la condición de empresa de trabajo temporal no puede limitarse a las que disponen de autorización

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha ha establecido que la condición de Empresa de Trabajo Temporal (ETT) no puede limitarse a quienes disponen de autorización administrativa previa para desarrollar esa actividad.

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(SERVIMEDIA)
24 Oct 2024
DMM/gja