TELEFONICA, CONDENADA A DEVOLVER A UN ABONADO EL DINERO QUE LE HIZO PAGAR PARA MANTENER EL SERVICIO
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La compañía Telefónica ha sido condenada por la Sección número 8 de la Audiencia Provincial de Madrid a satisfaer a un abonado la suma de 91.937 pesetas, más intereses y costas, que había sido obligado a pagar para que no le suspendieran el servicio, al estimar que la mención que se hace en el contrato telefónico a un texto que no se facilita contraviene lo dispuesto en artículo 10 de la Ley de Consumidores y Usuarios, según informó hoy en un escrito el propio demandante, Emiliano Escolar.
Según Escolar, abogado que ha llevado su propia defensa, Telefónica le exigió el pago de la cantidad indicada cuando en elcontrato de abono no informa de las condiciones en las que puede exigir la constitución de depósitos especiales.
El abonado protestó a la compañía, que no le hizo caso, por lo que fue demandada. Durante el juicio, según Escolar, que tuvo que acudir al recurso de apelación al no haber sido atendida su pretensión en la primera instancia, Telefónica mantuvo que, a su entender, al estar supervisada por la Delegación de Gobierno, no tenía que someterse a las normas establecidas en la Ley de Consumidores y suarios.
Finalmente, el tribunal se pronunció contra la práctica de las grandes compañías de imponer abusivas condiciones en los contratos llamados de adhesión, que, a juicio del abogado, "colocan siempre en posición de inferioridad a los abonados".
(SERVIMEDIA)
20 Jul 1995
VBR