EL TC SE PRONUNCIARÁ SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA COMPETENCIA DEL OBISPADO PARA NOMBRAR Y CESAR A LOS PROFESORES DE RELIGIÓN

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite sendas cuestiones de inconstitucionalidad presentadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias contra la potestad de la Conferencia Episcopal de designar y cesar a los profesores de enseñanza religiosa.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias quiere ponr a prueba la constitucionalidad de las disposiciones de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo y del Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito en 1979 entre el Estad español y la Santa Sede que regulan la elección de los profesores de religión.

Las dos cuestiones de inconstitucionalidad, instrumento que utilizan los tribunales cuando les toca aplicar una ley de cuya constitucionalidad dudan, se refieren a sendos procedimientos por la decisión del Obispado canario de n proponer la renovación de dos profesores, que participaron en protestas por las condiciones laborales o realizaban actividade sindicales.

DOS CATEGORÍAS

El tribunal canario resalta que admitir la normativa actual supone que existan en el personal laboral docente "dos categorías", la primera de ellas formada por los profesores que no imparten clases de religión, y "no están sometidos al trámite de la renovación por el Obispado, que gozarán de todos los derechos que el ordenamiento jurídico español rconoce".

Habría otra categoría, añade, de los profesores de religión, contratados también por la Comunidad Autónoma por indicación del Obispado, quienes en materia de acceso al empleo no estarían en plano de igualdad con los anteriores, pues podrían ver no renovados sus contratos por participar en huelgas o emitir comunicados de censura a la Iglesia", como en estos casos.

(SERVIMEDIA)
18 Mar 2004
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